La Cámara Nacional Civil dictó una medida cautelar en la que le ordena a un hombre pagarle a su ex mujer los alimentos provisorios, que originalmente estaban pactados por un plazo de seis meses, hasta que termine el juicio por alimentos.
Los magistrados tuvieron en cuenta que la mujer continúa viviendo en el inmueble que fue sede del hogar conyugal y que tiene dificultades para mantenerlo porque carece de medios económicos propios que le permitan solventar los gastos.
En el caso «L., F. V. demandado: K.,J. N. s/Art. 250 CPC – incidente familia», la jueza de primera instancia fijó una cuota de alimentos cautelar y provisoria –con vigencia hasta transcurridos seis meses desde que se encuentre firme la decisión– a favor de la ex cónyuge en la suma de $10.000, más los gastos de mantenimiento de la vivienda en la que habita, incluidas las expensas.
Fuente: Infobae Profesional.