La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza asignó 30% de responsabilidad a la víctima fallecida por el no uso del casco reglamentario, ya que su muerte se produjo por las lesiones en su cráneo.
El máximo tribunal mendocino dispuso que corresponde confirmar la atribución de 30% de responsabilidad a la víctima fallecida por el no uso del casco reglamentario, ya que fue el médico forense quien determinó que la causa de muerte se debió a la hemorragia intracraneal producida por la fractura.
La víctima infringe las normas de tránsito al no llevar el casco protector, y las lesiones que recibe en el accidente pueden al menos ser atenuadas si el motociclista lleva el casco protector, importante medida de seguridad, atento a los registros estadísticos en los cuales se compararon los accidentes fatales con los no fatales.
Asimismo, la sentencia revocó parcialmente la sentencia en cuanto dispuso la falta de legitimación de algunos herederos, pues estos ratificaron el recurso extraordinario interpuesto y en sede extraordinaria se obtuvieron las partidas certificadas que acreditaron la filiación invocada.
Fuente: MicroJuris.