SINTESIS
En el marco de una acción de amparo interpuesta por la madre de una joven que se encuentra en Estados Unidos debido al cierre de fronteras declarado por la pandemia del Coronavirus, solicitando que se ordene al Ministerio de Relaciones Exteriores garantizar la efectividad del derecho de regresar al país en un plazo razonable, confirma la declaración de incompetencia del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Lomas de Zamora y dispone la remisión de las actuaciones a la justicia nacional en lo contencioso administrativo federal para que intervenga en la causa. La recurrente había argumentado que el derecho a ingresar al país no se ejerce en el domicilio particular de la persona sino en el paso internacional habilitado a tal fin, que es el Aeropuerto Internacional de Ezeiza. Entiende que corresponde remitir el expediente, dado que el acto atacado tiene consecuencias en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lugar donde se encuentra el domicilio, tanto de la actora como el de su hija.