El titular del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza, Pablo Oscar Quirós, rechazó una medida cautelar innovativa de una mujer contra la Dirección General de Migraciones y el Ministerio del Interior de la Nación en la que pedía la autorización para el (re) ingreso al país de su hijo menor, varado en el Paso Fronterizo Cristo Redentor.
La decisión judicial declaró la competencia del fuero federal, admitió formalmente el trámite de la acción de amparo y requiere a la Dirección Nacional de Migraciones y al Poder Ejecutivo Nacional – Ministerio del Interior de la Nación que, “en el plazo de ocho días, produzca el informe circunstanciado que prevé el art. 8 de la ley 16.986, haciéndoles saber que pueden ofrecer la prueba que hagan a su derecho«.
La demandante indicó que, tras su viaje a Italia, intentó buscar a su hijo. L., -a quien lleva en su auto particular hasta la zona de fronteras, lugar de residencia del padre- por el paso fronterizo y Migraciones le informó que estaban cerrados todos los pasos terrestres, siendo la única alternativa regresar por los aeropuertos que se encuentran habilitados. La solicitante se refiere a los hechos que considera vulnerados con la medida atacada y solicita el permiso de entrada al país desde la República de Chile por el paso fronterizo terrestre denominado Cristo Redentor en la provincia de Mendoza, comprometiéndose a respetar todos “los protocolos de hisopados, transportes y aislamientos establecidos para las personas que ingresan al país por los pasos habilitados”.
Entre los fundamentos, la decisión señaló la declaración de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) titulada “COVID19 y Derechos Humanos: Los problemas y desafíos deben ser abordados con perspectiva de Derechos Humanos y respetando las obligaciones internacionales”, en la que se subraya la no existencia del cierre de las fronteras por parte del Estado Argentino, “sino una suspensión temporal de pasos fronterizos terrestres y el consecuente establecimiento de ingresos específicos a fin de garantizar un estricto control epidemiológico a raíz del exponencial aumento de los casos de Covid-19 y la aparición de nuevas variantes del virus”.
La causa, ahora, esperará la contestación del Estado Nacional y, luego, el juez Quirós estará en condiciones de pronunciarse sobre el fondo del asunto.
Fuero: Federal
Tribunal: Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza
Voces: restricciones sanitarias, medida cautelar, ingreso de un menor al país