La madre lo había traído a la ciudad de Córdoba en forma “intempestiva e ilícita”. La sentencia se dictó el año pasado; pero el niño recién pudo viajar hace unos días por la pandemia.
El domingo 19 de septiembre se concretó la restitución internacional de un adolescente de 13 años a la República Bolivariana de Venezuela, donde reside su padre. La medida había sido dispuesta por el Juzgado de Familia de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba, luego de establecer que la madre del niño lo había sacado de aquel país en forma “intempestiva e ilícita”.
Si bien la sentencia había sido dictada en 2020, el niño recién pudo regresar esta semana a Caracas, con su progenitor, por las restricciones en el tráfico internacional generados por la pandemia del Covid-19. El adolescente viajó solo a Buenos Aires por vía aérea. Allí, lo esperó una funcionaria venezolana, que viajó con él hasta su destino final.
En la resolución, el juez Gabriel Tavid explicó que la madre no aportó ninguna prueba de que el niño estuviera “profundamente arraigado e integrado al nuevo ambiente”. También subrayó que durante la entrevista que mantuvo con el niño no surgió “un repudio irreductible y férreo a regresar a su país de origen”.
El magistrado les explicó que, en esta instancia, “no se evalúa quién es el progenitor más apto para el cuidado del niño”. “Simplemente se trata de retrotraer una situación considerada ilícita a su estado anterior. Será en más el Estado Venezolano, a través de los mecanismos oficiales dispuestos, quien establezca y proteja los derechos de R. A. en cuanto a su cuidado y parentalidad”, agregó Tavip.
Por ello, el juez instó a los progenitores “a asumir una actitud responsable y de diálogo que permita al niño un crecimiento emocionalmente sano, con base y sostén en sus dos pilares fundamentales: sus padres, su familia”.
En Argentina, el progenitor fue patrocinado por la Asesoría Letrada de Familia 5° Turno. En su presentación, el asesor Sebastián Mastai precisó que, en Venezuela, el niño se encontraba bajo la protección integral de su padre y que, mientras estaba de vacaciones con su madre, esta lo sacó del país para llevarlo, primero, a Perú y, luego, a Argentina.
También aseguró que el padre cuenta con un trabajo estable y es solvente en la faz económica, a diferencia de lo que alegaba la progenitora. “Hoy es un comerciante independiente dedicado al rubro de la óptica por lo que cuenta con los recursos necesarios para solventar todos los gastos del niño, tal como lo hizo siempre”, enfatizó Mastai.
El regreso del adolescente a su centro de vida se concretó, finalmente, luego de vivir tres años fuera de su país natal con su progenitora.
El traslado fue coordinado por el Juzgado de Familia de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba con la colaboración de la Dirección de Protección de Testigos de la Policía de Córdoba; el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Nación; la jueza de enlace en Restituciones Internacionales, Graciela Tagle; la Policía Aeroportuaria; la Secretaria de Niñez Adolescencia y Familia de la Nación; y la Asesoría Letrada de Familia 5° Turno.
Causa: “M. C., R. J. c/ Y. C., M. E. – Restitución Internacional de NNA”.
Fecha: 21 de octubre de 2020.
Resolución: Sentencia n.° 185.
Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado de Familia de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba
Voces: restitución internacional de menores, cambio intempestivo e ilícito, restricciones de vuelo