El Juez del Segundo Juzgado de Familia, Gustavo Almirón, dictó una resolución en el caso contra Federico Amín por la Ley 989-E de Violencia Familiar.
El juez Gustavo Almirón, del Segundo Juzgado de Familia del Poder Judicial de San Juan, resolvió en la causa contra Federico Amin por la Ley 989-E. En el punto 1 de la resolución, el Juez determinó: “Dejar sin efecto la medida de prohibición de acercamiento y/o merodeo al Sr. Federico Amín respecto de su novia y actual pareja Srta. Maria Josefina Robins Eross ordenada en resolución de fecha 04/01/2019”. El punto 2 de la resolución establece: “Mantener la medida de prohibición de acercarse al Sr. Federico Amín y/o merodear a menos de trescientos metros del lugar en que se encuentre la Sra. Judith Eross”. El punto 3 dice: “Ordenar a la Sra Judith Eross, a su hija Maria Josefina Robins Eross y al Sr. Federico Amín a la realización de tratamiento psicológico, con cargo de presentar mensualmente el informe respectivo al Tribunal”. Asimismo, el juez Almirón determinó las medidas en caso de incumplimiento: “Conforme lo dispuesto por el art. 40 inc. f de la ley 989-E se transcriben Apercibimientos: Art. 239 Código Penal: “Será reprimido con prisión de 15 días a 1 año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare resistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”. Además, el Art. 45 Ley provincial 989-E establece otras sanciones por el incumplimiento de las medidas ordenas en el Código Penal, que pueden ser: multa, arresto, trabajos comunitarios y/o asistencia a capacitaciones.
Fuente: Poder Judicial San Juan