Remarcan la necesidad de aplicar el Protocolo de Actuación para los convenios de Sustracción Internacional de Niños

El STJ por Acuerdo recordó a los magistrados de toda la provincia la vigencia de las Convenciones Internacionales para asegurar que en todo proceso de restitución, el interés superior del niño sea el objetivo fundamental.

Por Acuerdo N°2/21, punto 21° el Superior Tribunal de Justicia, a solicitud del ministro doctor Fernando Augusto Niz, adhirió al “Protocolo de Actuación para el funcionamiento de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños”, elaborado por la Comisión de Acceso a Justicia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece el Proyecto Piloto para la Implementación de la Mediación a la Aplicación de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños.

Y por Acuerdo 25/21, punto 10°, porque es política pública del Superior Tribunal la protección de los derechos de los más vulnerables, como los niños, niñas y adolescentes, se recordó a los jueces de toda la provincia la necesidad de actuar según lo establecido en el documento para garantizar el interés superior del niño y capacitarse para aplicar las herramientas.

En este marco se explicó en la acordada que el 9 de agosto se realizó un Webinar denominado “Las garantías de los derechos de niñas, niños y adolescentes en casos de sustracción internacional” coorganizado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (HCCH).

El evento contó con la participación de más de 300 participantes, entre los que se encontraban representantes de Autoridades Centrales, Jueces (incluidos algunos de la Red Internacional de Jueces de La Haya), académicos y demás público interesado en la temática.

Por el Poder Judicial de Corrientes, participó el doctor Miguel Antonio Benítez, Jefe Coordinador del Centro Judicial de Mediación, quien a propuesta del doctor Niz fue designado por Acuerdo N°21/21, Punto 13° para integrar el grupo de trabajo de la Comisión Nacional de Acceso a Justicia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El doctor Benítez fue propuesto en reemplazo de la doctora Ingrid Lissy Factor, inspectora de la Justicia de Paz, que recientemente se jubiló.

Capacitación local

El ministro doctor Fernando Augusto Niz, presidente de la Comisión de Acceso a Justicia y Medios Alternativos de Resolución de Conflictos de la JUFEJUS y Co-coordinador de las capacitaciones que se vienen llevando delante de cara a la implementación del nuevo Código Procesal Civil y Comercial el 1° de diciembre en toda la provincia consideró de vital importancia incorporar la temática de Restitución de Menores en las actividades formativas para jueces, funcionarios, secretarios y personal del Poder Judicial y del Ministerio Público y abogados.

“Siempre la prioridad deben ser los niños, niñas y adolescentes, y la necesidad de no re victimizarlos. Por ello es fundamental que los jueces y funcionarios se capaciten para contar con un instrumento de aplicación directa, para dar respuesta a los casos de sustracción internacional de niños”, sostuvo el doctor Niz.

“Lo que se busca con la aplicación de este Protocolo es, en la medida de lo posible, restablecer la situación anterior, jurídicamente protegida y que fuera turbada, mediante el retorno inmediato del menor desplazado o retenido ilícitamente en otro Estado contratante”, agregó.

Y por ello consideró fundamental que el documento sea uno de los temas tratados en las capacitaciones que se están realizando en toda la provincia. 

Importancia de la mediación en estos procesos

Recordó además que está en funcionamiento el Proyecto Piloto para la Implementación de la Mediación a la Aplicación de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños.

“Lo que es muy beneficioso porque cuando un juez dicta una sentencia siempre hay un vencedor y un vencido, pero a través de la mediación son las partes la que pueden solucionar sus conflictos, y con ello también encuentran un camino para resolver la parte afectiva, familiar, emocional”, sostuvo el doctor Niz.

Y agregó que “respecto al tema de restitución, la mediación toma un papel central no solo porque hay pequeños involucrados, sino porque además el conflicto es generado y vivenciado por sus padres o seres más cercanos, entonces la necesidad de encontrar una solución consensuada es insoslayable”, puntualizó el ministro del STJ.

El Interés Superior del Niño y su opinión

Durante el Webinar, cuyo resumen se publicó en el último Acuerdo, como Comunicados de Secretaría, se remarcó que la sustracción internacional de niños es un fenómeno complejo que se vincula con el avasallamiento de una serie de derechos consagrados, especialmente el derecho a no ser sustraído ilícitamente, el derecho a vivir y ser criado en una familia, el derecho a no ser separado de sus padres y a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de manera regular, el derecho a ser criado por ambos padres, y el derecho a su propia identidad.

El Convenio HCCH de 1980 plantea que la forma de proteger los derechos avasallados al NNA, mediante la sustracción es reestablecer esos derechos a través de la restitución inmediata del NNA al país de su residencia habitual.

También se plantea como un punto fundamental el derecho del niño a ser oído.

“Los niños tienen derecho a participar activamente y a ser escuchados en todo procedimiento judicial o administrativo que los afecte, conforme a su edad y grado de madurez y, de ser posible, con el auxilio de equipos técnicos especializados en niñez y adolescencia”, reza el Protocolo de Actuación.

Y agrega que: “Se debe dar al niño información completa, accesible y apropiada a la edad, respecto de la situación que lo involucra y sobre la cual se va a manifestar. Para ello, resulta fundamental, tomar precauciones tendientes a reducir el riesgo de posibles consecuencias negativas para el niño, a raíz de su participación en el proceso. Asimismo, debe darse al niño una respuesta clara acerca de cómo influirá su participación en la decisión”, concluye.

Fuente: justicia corrientes

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