El juez Sebastián Moro dispuso que el joven viva con sus padres en una residencia que no está ubicada en Laboulaye. Continuará con un tratamiento multimodal monitoreado por la Senaf.
El Juzgado Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia Familiar, Género y Faltas de Laboulaye dispuso que el joven no punible L. M. Z. se reintegre a su medio familiar bajo la guarda de sus padres, en una residencia ubicada en otra localidad, es decir, fuera de Laboulaye.
El adolescente había sido alojado para su resguardo en el Complejo Esperanza, en el marco de la causa penal juvenil iniciada para establecer su responsabilidad en la muerte del compañero del colegio, J. S. F.
La nueva medida de resguardo “provisoria”, dispuesta por el juez Sebastián Moro, precisa que L. M. Z. y su familia “no podrán mudar sin la debida autorización judicial”. Asimismo, impone de modo complementario que el joven se incorpore a un tratamiento multimodal psicoterapéutico, individual, grupal y familiar de tiempo prolongado.
Por otro lado, el magistrado resolvió que los padres de L. M. Z. también se sumen a un espacio multimodal de orientación que le permita abordar las funciones inherentes al rol parental. Tales condiciones estarán sujetas al estricto control de la Secretaria de Niñez Adolescencia y Familia (Senaf) con la modalidad de “supervisión en territorio”.
La readecuación de la medida de resguardo había sido solicitada por el abogado defensor del adolescente, Raúl Palacios; como así también por su representante complementaria, la asesora letrada Mariana Ferreyra, quien fundó su presentación en base a los lineamientos sentados por el Tribunal Superior de Justicia, en la sentencia n.° 389.
Fuero: Penal
Tribunal: Juzgado Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia Familiar, Género y Faltas de Laboulaye
Voces: resguardo provisorio, tratamiento multimodal, adolescente en conflicto con la ley penal
Fuente: justicia córdoba