Por medio de la acción, se persigue la tutela del derecho a un ambiente sano de los vecinos del sector.
La Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba consideró como proceso colectivo a un amparo ambiental iniciado por el Centro Vecinal de Barrio Jardín Espinosa y Ampliación Jardín Espinosa en contra de la Municipalidad de Córdoba. En consecuencia, resolvió registrarlo en el Sistema de Administración de Causas del Poder Judicial, en la categoría de juicio “Amparo ambiental”, subcategoría “Ambiente”. Para así decidir, el tribunal entendió que, en el caso en cuestión, se podían identificar las características que tienen estos tipos de proceso; y, que lo requerido involucraba “la tutela del derecho a un ambiente sano (…) el cual constituye un derecho de incidencia colectiva”. A través de la acción iniciada, el centro vecinal pretende que el municipio se abstenga de agravar el daño causado al ambiente y al patrimonio histórico cultural del barrio como así también se proceda a su composición. En concreto, el centro vecinal reclama que la demandada no sólo se abstenga de habilitar emprendimientos que no cumplan con las exigencias sobre volcamiento de efluentes, uso de suelo y ambientales; sino que también proceda a la revisión de las autorizaciones ya otorgadas. Además, solicita la reimplantación de arbolado retirado (tanto en espacios públicos como privados); y que el Estado municipal lleve adelante un plan de recomposición de la contaminación provocada por aguas subterráneas, entre otras cuestiones.
Causa: “Centro Vecinal de Barrio Jardín Espinosa y Ampliación Jardín Espinosa C/ Municipalidad de Córdoba – Amparo (Ley 4915)”.
Fecha: 13 de noviembre de 2018.
Fuente: Poder Judicial Córdoba