El titular del Juzgado en lo Contencioso Administartivo Federal Nº 6, Enrique Lavié Pico, rechazó un pedido de medida cautelar contra el Poder Ejecutivo Nacional y destinada a la suspensión de los desalojos de inquilinos de todo el país mientras dure la pandemia de Covid-19.
La acción fue iniciada por la Asociación Civil Inquilinos Agrupados contra el Poder Ejecutivo Nacional para que se declare “la inconstitucionalidad del estado antijurídico en el que se encuentran locatarios/as de inmuebles para vivienda con sentencias de desalojo pasibles de ser ejecutadas en contexto de emergencia sanitaria por la pandemia vigente; se ordene a confeccionar un plan de contención y mitigación para evitar o contrarrestar el contagio y la propagación del Covid–19 por desalojos de vivienda en contexto de emergencia sanitaria; se ordene confeccionar un plan para abordar soluciones adecuadas de vivienda para locatarios/as en situación de vulnerabilidad con sentencias de desalojo pasibles de ser ejecutadasen contexto de emergencia sanitaria…”.
El juez fundó su resolución de rechazo en que no se acreditaron los requisitos para dictar la cautelar pedida y que, además, se trata de una acción de amparo, lo que determina que rápidamente se llegará a la sentencia definitiva. Ello determina que no sea necesario anticiparse con el dictado cautelar a lo que habrá de resolverse sobre el fondo del asunto.
Ahora la causa deberá continuar hacia el dictado de la sentencia definitiva del amparo planteado por la asociación civil.
Fuente: Palabras de Derecho
Fuero: Contencioso Administartivo
Tribunal: Juzgado en lo Contencioso Administartivo Federal Nº 6
Voces: medida cautelar, suspensión de desalojos, pandemia