Rechazaron un amparo de la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa contra el Mega DNU

Así lo decidió el juez federal Santiago Carrillo. En la acción cuestionaban la derogación de la Ley de Sociedades del Estado y la transformación de Télam y de Radio y Televisión Argentina en sociedades anónimas.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°3, a cargo de Santiago Carrillo, rechazó un amparo promovido por la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN) a fin de que se declare la nulidad, y en su caso, la inconstitucionalidad, del DNU 70/23. 

En la presentación, cuestionaron puntualmente la derogación de la ley 20.705 y la transformación de Radio y Televisión Argentina SE y Télam SE en sociedades anónimas, eliminando por completo las prerrogativas de derecho público, ventajas y/o beneficios que les corresponden en tanto empresas públicas.

El magistrado analizó los argumentos presentados por las partes y la jurisprudencia en la materia. Luego, concluyó que la FATPREN no tiene legitimación para promover tal acción.

Los planteos formulados por la asociación actora no están dirigidos a la protección de ninguno de los derechos enumerados en el texto constitucional, sino que ponen en debate cuestiones de carácter institucional vinculadas al régimen jurídico de las empresas públicas en las que se desempeñan los trabajadores de prensa cuya representación invoca; aspectos que claramente exceden los límites de la ampliación de la legitimación que ha realizado la Ley Fundamental”, explicó.

Por último, agregó que tampoco surge con claridad la legitimación de la asociación de los objetivos y fines para los cuales fue creada, porque de la lectura de su estatuto se desprende que, “si bien se le ha conferido la función de defender los derechos e intereses de los/as trabajadores/as de prensa y la libertad de información, ello no resulta suficiente para demostrar que la declaración de inconstitucionalidad solicitada tenga suficiente relación, concreción e inmediatez con los perjuicios que la norma cuestionada supuestamente ocasionaría a los trabajadores de prensa”.

Fuente: palabras del derecho

Fuero: Público,
Tribunal: Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°3,
Voces: rechazo de amparo contra DNU, Ley de Sociedades del Estado,

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