Rechazan una acción contra el Banco Central que pretendía la nulidad del acuerdo de préstamos con el FMI

El juez federal Pablo Cayssials consideró la inexistencia de caso o controversia para admitir la causa.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°9, a cargo de Pablo Cayssials, rechazó in limine una acción iniciada por el presidente del Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas (MNER), con el fin de que se declare la nulidad de las cartas de intención y memorandos, suscriptas por Argentina para la contracción de préstamos con el FMI.

En el escrito de inicio, el demandante señaló que a razón del empréstito, el Estado Nacional realizó un conjunto de políticas de ajuste, las cuales provocaron un detrimento de los derechos laborales y colectivos. Dicha consecuencia, generó un perjucio para las pequeñas y medianas empresas que representa y por ello su legitimad, en virtud del artículo 43 de la Constitución Nacional y concordantes.

A su vez, la pretensión especificaba la nulidad de las cartas de intención -acuerdo de compromiso entre dos partes-, por incumplimiento de la Ley de Administración Financiera -que regula el sistema de créditos públicos- y del Decreto-Ley de Procedimiento Administrativo -en relación a la carencia de los requisitos para el dictado de un acto administrativo-.

En el análisis de la causa, el juez consideró que el demandante «no demostró el cumplimiento o la configuración de los requisitos propios de la acción colectiva intentada», ello por no presentarse para el tratamiento judicial los requisitos de la acción intentada: un interés concreto, inmediato o sustancial; un acto u omisión ilegítimo; y un perjuicio diferenciado, susceptible de causa.

A su vez, agregó que para la procedencia de la acción «no basta cualquier interés; concretamente, no alcanza el interés en la legalidad, sino que se torna indispensable un interés calificado». Puntualmente, el magistrado señaló la inexistencia de controversia, al no configurar el actor su interés calificado y su afectación particular, sino más bien un simple interés de legalidad.

Fuente: Palabra de Derecho

Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°9
Voces: acuerdo con el FMI, cartas de intención, nulidad

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