El tribunal sostuvo que la exigencia de vacunarse o hisoparse para concurrir a prestar servicio en las dependencias judiciales es “razonable y proporcionada al fin buscado”.
La Cámara Contencioso Administrativa n.° 1 de la ciudad de Córdoba rechazó “in límine” una acción de amparo iniciada por agentes judiciales en contra de la resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que exige a sus dependientes vacunarse contra el Covid-19 o hisoparse para prestar servicios en las dependencias de la Justicia provincial.
El tribunal, presidido por el camarista Ángel Antonio Gutiez, sostuvo que “no se advierte manifiestamente un actuar ilegal o arbitrario” por parte de las autoridad judicial y que la decisión “luce razonable y proporcionada al fin buscado”.
El magistrado agregó que la medida atiende a las necesidades de todo el colectivo del personal del Poder Judicial y las personas que acuden a que se les brinde el servicio de justicia, “sin violentar derechos individuales o las creencias de los que no se quieren vacunar”.
“Si desde un punto de vista técnico no aparece que la medida adoptada es manifiestamente inidónea para proteger tanto a los empleados como a la población en general, así como tampoco que afecte, lesione, dañe la salud de los actores, no es viable la acción de amparo”, remarca la resolución.
Causa: C., N. D. V. y otros c/ Gobierno de la Provincia de Córdoba y otro – Amparo 4915.
Fecha: 14 de diciembre de 2021.
Resolución: Decreto de fecha 14/12/21.
Fuero: Contencioso Administrativa
Tribunal: Cámara Contencioso Administrativa n.° 1 de la ciudad de Córdoba
Voces: acción de amparo, empleados judiciales, vacunación covid