“El actor violó deliberadamente el principio de buena fe al viajar al exterior mientras se encontraba de reposo laboral”, expresó la Sala 10° de la Cámara del Trabajo.
La Sala 10ª de la Cámara del Trabajo de la Ciudad de Córdoba rechazó la demanda interpuesta por un trabajador despedido por viajar al exterior mientras se encontraba en uso de una licencia por enfermedad psiquiátrica. El dependiente, que reclamaba el pago de indemnizaciones derivadas del despido sufrido, había omitido dar aviso a su empleadora del viaje que hizo con destino a Panamá. El camarista Daniel Horacio Brain consideró que “el actor violó deliberadamente el principio de buena fe al viajar al exterior mientras se encontraba de reposo laboral, no ajustando su conducta a la que es propia de un buen trabajador, lo que necesariamente derivó en la pérdida de confianza, elementos suficientes para configurar la injuria grave que impedía la continuidad del contrato de trabajo”. Además, destacó la “conducta maliciosa” del trabajador, quien de manera solapada, sin comunicar del viaje que iba a realizar, procedió a viajar mientras se encontraba en uso de licencia por enfermedad, período en que sus haberes eran abonados por su exempleadora. Sostuvo que no solamente encubrió su mal proceder, sino que, además, lo negó, tanto al rechazar la causa del despido como al momento de iniciar la acción judicial en contra de su exempleadora.
Si bien el magistrado interviniente consideró probado que el actor se encontraba con licencia médica, adujo que no existía ninguna documentación que indicara algún tratamiento ambulatorio. Por el contrario, esgrimió que de las certificaciones médicas surgía únicamente el “reposo laboral”. De esta forma, concluyó que la causa de despido invocada por la empresa se encontraba “acreditada, justificada, era razonable y proporcional con la grave falta cometida por el actor”, por lo que se encontraba legitimada para decidir el despido del dependiente como lo hizo.
Causa: «H., G. M. c/ Huawei Tech Investment Co. Ltd. – Ordinario Despido”.
Fecha: 18 de septiembre de 2018.
Fuente: Justicia Córdoba