Ratifican suspensión de empleada de tribunales.

La Cámara 2ª en lo Contencioso-administrativo de Córdoba sostuvo que la actora no logró probar el grave daño que le ocasionaría el cumplimiento de la sanción antes de que se resuelva su legitimidad.

Sobre el entendimiento de que los actos administrativos gozan de la presunción de su legitimidad, la Cámara Segunda en lo Contencioso-administrativo de Córdoba rechazó el pedido de suspensión de la aplicación de una sanción disciplinaria impuesta a una empleada de tribunales por la demandada Provincia de Córdoba, como responsable del Poder Judicial, hasta tanto se resuelva la impugnación realizada por la actora, debido a que el interés público debe prevalecer sobre el individual.

Fuente: Comercio y Justicia

Actualidad Juridica Online - Pruébelo sin cargo!