El caso ocurrió en Uruguay, donde la justicia consideró que sí había una relación laboral entre la empresa y el conductor.
El Tribunal de Apelaciones del Trabajo de Primer Turno de Uruguay ratificó el fallo de primera instancia que obliga a Uber a pagarle al conductor Esteban Quemaida el salario vacacional y el aguinaldo (o sueldo anual complementario), que funciona como la prima en Colombia (un pago a mitad de año y otro pago en diciembre).
Quemaida trabajó con la aplicación entre 2016 y 2018, de modo que la compañía debe pagarle los beneficios correspondientes a ese periodo de tiempo.
Esta decisión, entonces, confirma que para la justicia uruguaya hay una relación laboral entre Uber y el conductor, pues hay «un contrato de adhesión sin el mínimo poder de negociación para el conductor», dice el Tribunal de Apelaciones, citado por el diario El Observador.
«UBER es quien distribuye los viajes a realizar por los conductores y lo hace teniendo en cuenta criterios y parámetros respecto de los que los conductores no tienen ninguna intervención», añade la sentencia.
El fallo de primera instancia había sido emitido en noviembre de 2019, cuando un juzgado determinó que la empresa actuaba como «un patrón», pues sancionaba al conductor bloqueándolo de la aplicación o lo premiaba, según reportó entonces la prensa uruguaya.
En ese momento, Uber anunció que apelaría la decisión: «Son los mismos socios conductores quienes a través de encuestas, reuniones y conversaciones resaltan el valor de la flexibilidad y la autonomía, como los principales atributos de manejar utilizando la app de Uber».
Y ahora, en respuesta al fallo del Tribunal de Apelaciones, la empresa asegura que esto podría traer consecuencias para las personas que usan la aplicación para genera una fuente extra de ingresos: «Nos preocupan las implicancias que este tipo de decisiones pueden tener para todos los uruguayos que buscan una oportunidad para generar ganancias adicionales de manera independiente a través de la plataforma».
Uber también dijo que estudiará la sentencia de segunda instancia «para definir los próximos pasos».
Quemaida presentó la demanda en febrero de 2019 y este miércoles se expuso varios de sus argumentos para considerar que hay una relación laboral de la compañía con los conductores: «Si Uber fuese, tal como dice, ‘una plataforma de intermediación entre un pasajero y un conductor’, NO TENDRÍA QUE FIJAR LOS PRECIOS DE LAS TARIFAS NI INTERFERIR EN LA FORMA DE DAR EL SERVICIO».
«Es decir, si fuese realmente un mero nexo tecnológico entre oferta y demanda, cada conductor tendría que ponerle precio a su servicio. Una persona necesita viajar, abre su aplicación, pide un viaje y le salen las opciones de choferes cercanos», escribió en Facebook.
Fuente: lafm