La ley N°27.563 contempla medidas como la extensión del Programa ATP hasta fin de año para el sector y el incentivo para la preventa de servicios turísticos en la Argentina para el año 2021, mediante el otorgamiento de un crédito del 50% en las compras que se realicen durante este año.
El Congreso de la Nación aprobó la semana pasada la “Ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional”, que dispone medidas fiscales, crediticias e incentivos para paliar la situación económica en que se encuentra el sector turístico producto de la pandemia del Coronavirus COVID-19.
Entre las principales medidas, se dispone la extensión del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) hasta el 31 de diciembre de 2020 para aquellas empresas y actores turísticos que hayan presentado una merma del 30% en su facturación con respecto al año anterior.
Por otro lado, la Ley establece un régimen de “Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales”, que implicará que aquellas compras realizadas durante el 2020 para viajar durante el 2021 dentro de la República Argentina, gozarán de un crédito otorgado por el Estado Nacional equivalente el 50% de lo gastado por los y las turistas para ser utilizado dentro de la cadena turística nacional.
Dicho régimen de preventa se encontrará vigente una vez que el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación lo reglamente y operará para aquellas compras llevadas a cabo hasta el 31 de diciembre de 2020.
Otras de las previsiones que establece la ley son: la postergación del vencimiento de impuestos que graven patrimonio, capitales o ganancias de empresas o actores turísticos; la suspensión de la traba de medidas cautelares contra estos por parte de la AFIP y ANSES; y el otorgamiento de créditos por hasta 36 meses con tasa cero por los primeros 12 meses.
Vale aclarar que la nueva ley no solo toma las actividades turísticas reconocidas en la Ley Nacional de Turismo N°25.997, sino que agrega otras no reconocidas explícitamente, tales como la producción de productos artesanales como el chocolate, los helados, alfajores y cervezas de tipo artesanal en aquellas ciudades donde la actividad turística sea la principal fuente de ingresos. Además, la ley también toma medidas para el sector cultural como los cines, el teatro y los musicales, que también resultarán beneficiarias de lo establecido en su texto.
Por otro lado, la ley crea un programa enfocado en el Turismo para Personas Mayores, que busca fomentar la actividad en temporadas bajas para cuidar la salud y el bienestar de personas que por su edad componen el grupo de población de riesgo. También se estipula la creación de un programa para financiar los viajes estudiantiles a realizarse en el país y el establecimiento de un bono vacacional para familias de bajos ingresos.
Por último, la ley contempla algunas previsiones para aquellos/as turistas que vieron cancelados sus pasajes de transporte –aéreos, terrestres o fluviales- y/o alojamientos, en cuanto indica que deberá ofrecerse la reprogramación de los servicios dentro de los 12 meses posteriores a la finalización de la emergencia sanitaria, la entrega de vouchers equivalentes al mismo servicio o el reintegro de lo abonado en hasta 6 cuotas.
En lo próximo, deberá aguardarse la publicación de la Ley en el Boletín Oficial por el Presidente de la Nación para que la misma comience a regir.