En el caso de realizarse la consulta popular sobre el DNU, a pedido del Presidente, la misma resultaría en un plebiscito no vinculante
El presidente Javier Milei indicó el martes que, si el Congreso vota por rechazar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó para desregular decenas de sectores de la economía argentina, llamará a un plebiscito.
Con esto se refiere a una consulta popular, para conocer la opinión de la mayoría de la opinión pública sobre las más de 300 medidas propuestas por él y su equipo económico y legal.
En entrevista con LN+ el jefe de Estado explicó: «Si me lo rechazan, llamaría a un plebiscito y que me expliquen por qué se ponen en contra de la gente».
Qué es un plebiscito
Un plebiscito es una consulta que se somete al voto popular directo para que la ciudadanía apruebe o rechace una propuesta específica sobre una cuestión política o legal.
En Argentina, este mecanismo está incorporado en la Constitución Nacional en el artículo 40, donde establece que la Cámara de Diputados puede someter a consulta popular un proyecto de ley. Si el electorado apoya la iniciativa, el proyecto se convierte automáticamente en ley, lo que se conoce como «consulta popular vinculante».
El Presidente o el Congreso también pueden realizar consultas populares sobre temas de interés general de forma no vinculante, donde el voto no es obligatorio y no es necesario acatar el resultado de la votación. Por eso, en el caso de que Javier Milei realice el plebiscito, sería no vinculante, lo que significa que el voto no es obligatorio y tampoco es necesario obedecer al resultado para convertir en ley de manera automática las medidas.
Un plebiscito no vinculante en Argentina es un proceso en el cual las autoridades buscan la opinión del público sobre determinados temas pero el resultado no tiene efecto legal directo, es decir, no se convierte de manera automática en ley.
Milei apunta a dilatar el debate del DNU en el Congreso
A pesar del llamado a sesiones extaordinarias del Congreso hasta el 31 de enero, el tratamiento del mega DNU del presidente Javier Milei con más de 300 reformas que constituyen la columna vertebral de su gestión se dilatará e incluso podría quedar para marzo, en lo que varios legisladores ven como una estrategia política audaz pero riesgosa.
En el temario para las extraordinarias el Presidente incorporó el proyecto de ley de «reforma de las funciones del Estado», la restitución del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría, la modificación de Bienes Personales y el establecimiento de la Boleta Única de Papel, como temas principales. Ni una palabra del DNU (decreto de necesidad y urgencia).
A pesar de haber sido anunciado por Milei la semana el DNU empieza a regir el 29 de diciembre. En la Rosada negaron que esto fuera un error y afirman que fue una «decisión política» hacerlo así. Esto influye en los tiempos legales que tiene el Congreso para declarar su validez y, en ese contexto, diputados y senadores atan cabos.
Según la Ley 26.122 que rige para los DNU, el Ejecutivo tiene 10 días hábiles para enviar el decreto a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, la cual todavía no se conformó. Al regir desde el 29 de diciembre, ese plazo se cumpliría recién el 15 de enero.
Luego, la Bicameral tiene 10 días hábiles para firmar el dictamen acerca de la validez o no del DNU, lo que pone como fecha límite el lunes 29 de enero, al filo del vencimiento de las sesiones extraordinarias que convocó el Presidente. Si el Ejecutivo no las extiende durante febrero, en efecto, el tema podría quedar para marzo.
Fuente: iprofesional