Carolina Poma Salvadores, jueza de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, condenó a un hombre de 47 años a la pena de un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional. Rubén Gerardo Farías fue considerado autor voluntario y responsable del delito de grooming.
Por el término de dos años, el hombre deberá fijar domicilio en el radio del tribunal. Tiene prohibido acercarse a la menor víctima o mantener cualquier tipo de contacto con ella, con la denunciante y su grupo familiar. Además no podrá ejercer cualquier tipo de acto de violencia en su contra. También impuso a Farías la prohibición de usar cualquier tipo de red social, y de someterse a tratamiento psicológico.
En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta la pena impuesta podría ser de cumplimiento efectivo. Lo ordenado será comunicado a la víctima, según lo exigen las leyes vigentes.
Una vez firme la sentencia, se procederá a la extracción de material genético del condenado por el Servicio Médico del Poder Judicial, y su posterior inscripción en los Bancos de Datos Genéticos previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG).
También se practicará informe físico de la persona condenada, donde se constatarán las señas particulares que permitan una identificación integral.
La Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) seguirá con el trámite previsto en la normativa vigente. Además procederán a la toma de muestra fotográfica actualizada de Farías de frente y de perfil, junto con la impresión de un juego de huellas dactilares.
Fuente: El Tribuno