Prohíben, por 30 días, el ingreso a Sampacho de un hombre denunciado por violencia familiar.

La decisión fue adoptada ante la gravedad de los hechos y con la finalidad de extremar las medidas de resguardo a la integridad psicofísica de las víctimas.

El juez José Antonio Varela resolvió mantener las medidas de prohibición de todo contacto y aproximación entre un hombre denunciado por violencia familiar y su expareja y sus cinco hijas menores de edad. A su vez, le prohibió al victimario, por el plazo de 30 días, el ingreso a la ciudad de Sampacho (provincia de Córdoba), bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad. El magistrado también ofició a las autoridades policiales de la ciudad para que arbitren todos los medios necesarios a su alcance para el debido cumplimiento de la medida dispuesta y para que disponga una consigna policial en el domicilio de la progenitora de las niñas. El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil de 2° Nominación de la ciudad de Río Cuarto enfatizó que las medidas resultaban necesarias en atención al interés superior de las niñas involucradas en las actuaciones, a fin de brindar el debido resguardo a la integridad psicofísica de las víctimas y con el objetivo de evitar la reiteración de hechos de violencia por parte de la persona denunciada. Cabe señalar que el hombre denunciado incumplió, en reiteradas ocasiones, las medidas de reguardo ordenadas por la Justicia y trató de ingresar por la fuerza en el domicilio de su expareja, incluso con la consigna policial en la puerta de la vivienda. La decisión se adoptó en virtud de los principios consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño, Convención Belem do Para y demás reglas internacionales aplicables a la materia, las cuales –recordó el magistrado- “son de cumplimiento obligatorio conforme lo prescripto por el artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional”.

Causa: “D., O N (Sampacho) – Denuncia por Violencia Familiar”.

Fecha: 22 de noviembre de 2018.

Fuente: Poder Judicial Córdoba

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