La procuradora Monti sostuvo que se debe evaluar si son válidas las defensas fundadas en la Ley de Inteligencia Nacional.
La Procuradora Fiscal, Laura Monti, dictaminó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación debe dejar sin efecto una decisión de la Justicia Contencioso Administrativo Federal que ordenaba a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) indicar cómo es el procedimiento para descalificar la información que obra en su poder.
La causa se inició con la demanda del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), junto a otras organizaciones, contra la AFI con el objetivo de acceder a información pública, en los términos de la ley 27.275, con el objetivo de conocer: los acuerdos de intercambio de información de inteligencia con terceros países, el régimen de administración de fondos reservados de la AFI, los procesos de desclasificación de información y el sistema de interceptaciones o captaciones telefónicas.
Sin embargo, el organismo denegó el pedido de información por considerar que esos datos tenían carácter reservado. En consecuencia, los amparistas argumentaron que la información referida al régimen de control y administración de fondos debía ser pública, independientemente de que éstos sean reservados.
En primera instancia, la acción fue rechazada por considerar que la información era reservada pero, apelada esa resolución, la Sala III de la Cámara Contencioso Adminsitrativo Federal sostuvo que “La circunstancia de que la información requerida se encuentre bajo la órbita de la Ley Nacional de Inteligencia no habilita per se a desestimar un pedido de acceso a su conocimiento, sin evaluar y controlar judicialmente el procedimiento cumplido por el peticionante, así como el acto denegatorio de la Administración, en su caso”, argumenta.
Los actores presentaron recurso extraordinario ante la Corte Suprema. El máximo tribunal le pidió opinión a la Procuración General de la Nación y esta, ahora, sostuvo que se debe dejar sin efecto esa sentencia. Sostuvo el Ministerio Público Fiscal que la decisión de la Cámara Contenciosa fue dogmática y que no atendió a las razones que invocó la AFI para denegar la información. Por ello, corresponde un nuevo examen judicial para evaluar si los argumentos del organismo, sostenidos en la Ley de Inteligencia Nacional, son válidas o no para denegar la información en cuestión. Ahora deberá resolver la Corte Suprema de Justicia de la Nación.