El juez de Instrucción Penal del Departamento Junín, Jorge Osvaldo Pinto, ordenó el procesamiento y la prisión preventiva para un hombre de 71 años imputado por el delito de “robo calificado doblemente agravado por cometerse en poblado y en banda y por efracción (artículo 167, incisos 2 y 3 del Código Penal Argentino)”.
El septuagenario está acusado de ingresar a robar en una vivienda ubicada en las inmediaciones del viejo hospital de Villa de Merlo, el pasado 17 de agosto a la siesta.
En base a las averiguaciones y tareas de inteligencia del Departamento de Investigaciones de la policía de Merlo, y al registro audiovisual de una cámara de videovigilancia instalada en el inmueble violentado, se lograron determinar las circunstancias en las que se cometió el ilícito, como así también la identificación de uno de sus partícipes.
El 19 de agosto, el Juez libró la orden de allanamiento en el domicilio del septuagenario, dónde fueron encontrados y recuperados los elementos sustraídos.
Inmediatamente, el hombre fue detenido y trasladado a la Alcaidía de la Unidad Regional III de Concarán.
El 21 de agosto se llevó a cabo la audiencia indagatoria en averiguación del delito tipificado por el art. 167, inc. 2 y 3 del Código Penal (Robo calificado, doblemente agravado por cometerse en poblado y en banda y por efracción).
El detenido se abstuvo de declarar, y el Defensor Oficial solicitó la prórroga legal de 8 días para el estudio pormenorizado de la causa.
Teniendo en cuenta los elementos de cargo probatorio, el Juez interviniente determinó que, en primer lugar y de la forma en que se violentó el acceso a la morada para su ingreso, se configuró el tipo penal de robo agravado por efracción, tal como lo indica el inciso 3, del artículo 167 del Código Penal Argentino: “Se aplicará reclusión o prisión de tres a diez años: […] 3. Si se perpetrare el robo con perforación o fractura de pared, cerco, techo o piso, puerta o ventana de un lugar habitado o sus dependencias inmediatas”.
Asimismo, vista la múltiple participación delictual y toda vez que la morada donde reside el denunciante y de donde se sustrajeron los elementos se encuentra en la ciudad de Merlo, se ha establecido la calificante prevista en el inciso 2 del artículo 167 del Código Penal, ya que se agrava la figura del robo por su comisión “en lugares poblados y en banda”.
Con esos fundamentos, Pinto ordenó el procesamiento y la prisión preventiva para el acusado y dispuso su traslado al Servicio Penitenciario Provincial.
A su vez, solicitó al Departamento de Investigaciones de la Villa de Merlo la realización de medidas de prueba complementarias, tendientes a la identificación del resto de los partícipes en el hecho investigado, entre otras medidas.
Fuente: sanluis24.com.ar
Fuero: Penal
Tribunal: Juzgado de Instrucción Penal de Junín
Voces: prisión preventiva, robo calificado, mayor de 70 años