El Juzgado Federal de Rawson N°1 instó a la Casa Rosada a abstenerse de recortar o quitar el Fondo Compensador del Interior.
Es por uno de los focos de conflicto entre Javier Milei y los mandatarios provinciales tras el fracaso de la Ley Ómnibus
La Justicia federal le dio la razón a Ignacio Torres, gobernador de Chubut, e instó al Gobierno nacional a abstenerse de recortar o quitar los subsidios al transporte en las provincias. Ocurre después de que el mandatario provincial acudiera a la Justicia por la medida que impulsó Javier Milei después del fracaso de la Ley Ómnibus en el Congreso.
La decisión del Tribunal Federal de Rawson N°1 es primer revés judicial al Gobierno nacional por la eliminación de los fondos del Fondo Compensador del Interior, una iniciativa que causó un cimbronazo y que llevaría los boletos de colectivo por encima de los 1000 pesos.
El juez Hugo Ricardo Sastre resolvió hacer lugar a la «medida autosatisfactiva» solicitada por Torres contra «el Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional – Secretaría de Transporte».
Así, dispuso que Nación se «abstenga de dictar y/o ejecutar cualquier acto que persiga la eliminación y/o reducción del Fondo Compensador del Interior con significación en el transporte urbano y suburbano de pasajeros en jurisdicción de la provincia de Chubut».
En su presentación, Torres había alegado que con la quita «intempestiva» de subsidios al transporte el Estado Nacional vulneró «principios de buena fe y lealtad federal» que rigen «el Federalismo de Concertación». También iría contra el Pacto Fiscal del año 2021.
Además, había calificado a la situación como «alarmante», ya que la «sustentabilidad del sistema de transporte público de pasajeros» depende «necesariamente de los aportes del Fondo Compensador». Remarcó que son «insuficientes los recursos comprometidos por la Provincia» y que es «imposible que el desfinanciamiento provocado» por el Estado Nacional «pueda ser compensado con fondos provinciales».
Qué argumentó la Justicia para darle la razón a Chubut en la puja con Nación por el transporte
La Justicia avaló el planteo de Torres. Entendió que «sin la asistencia del Estado Nacional» el sistema de transporte de pasajeros «no resulta sustentable, puesto que su funcionamiento se encuentra hace años supeditada a las partidas presupuestarias remitidas por el Gobierno Nacional».
Añade que Nación se encuentra en una «posición dominante», por lo que conoce las consecuencias que traería la eliminación del Fondo Compensador del Interior.
También sostiene que la medida del Gobierno nacional «no se condice con la situación existente por la que atravesaría el sector empresarial» del transporte. Menciona los altos costos, la inflación y la brecha cambiaria como «variables que ni la accionante ni las empresas del sector dedicadas al transporte y beneficiarias del fondo de compensación, tendrían en su órbita capacidad de injerencia, intervención, ajuste o manipulación alguna».
Y subraya que la quita de los subsidios «carece de una medida paralela que amortigüe los efectos negativos que provoca en la economía de la accionante, que deje de percibir –como habría venido haciendo desde hace años- de manera arbitraria las partidas presupuestarias pertinentes, ello a los fines de poder solventar el sistema de transporte público de pasajeros urbanos y suburbano».
En su presentación, Torres había remarcado que el Fondo Compensador del Interior implicaba una asistencia estatal que se traducía en un descuento del 55% de la tarifa del boleto del transporte público.
El gobernador también había llamado la atención sobre un punto técnico del Fondo. Indicó que la Nación «parece desconocer» que la vigencia del Fondo Compensatorio al Interior se mantuvo vigente en el Presupuesto de 2023, el cual fue prorrogado por el gobierno de Javier Milei. «Por lo que en modo alguno puede decirse que aquel fondo haya caducado, sino que, por el contrario, tiene plena aplicación en el presente año», expresaron.
Fuero: Público,
Tribunal: Juzgado Federal de Rawson N°1,
Voces: subsidios al transporte, fallo contra el estado nacional, Ley Omnibus, fondo compensador del interior,
Fuente: clarin.com