Siempre supo la verdad acerca de su historia familiar. Su mamá mantuvo una relación sentimental con su padre biológico pero por cuestiones familiares se distanciaron. Algunos años después otro hombre asumió la crianza y lo reconoció como hijo ante el Registro Civil. Hoy, con 40 años, un fallo de Cipolletti le permitió mantener el apellido de crianza y, a futuro, podrá sumar el biológico.
La resolución se dictó en el marco de una acción de impugnación de filiación iniciada por el propio hombre que hoy tiene 40 años.. En su presentación, explicó que siempre tuvo claro que quien lo reconoció legalmente como hijo no era su padre biológico, aunque lo consideraba su papá por el amor y cuidado brindados. Por esta razón, solicitó mantener el apellido de crianza. Indicó además que es el mismo apellido que le transmitió a sus propias hijas y por eso no tiene intención de desprenderse de él.
El juez de Familia de Cipolletti basó su decisión en la prueba genética presentada en el expediente, que “excluye biológicamente la existencia de vínculo de paternidad” entre el papá de crianza y el hijo. En los considerandos, el fallo destacó que “el derecho a la identidad supone que cada individuo pueda tener acceso concreto y cierto al conocimiento de su origen biológico independientemente de su filiación”. El fallo señaló que este derecho forma parte del respeto a la condición humana.
El juez también valoró la voluntad del papá de crianza, quien se allanó a la pretensión del hijo y expresó su conformidad para que este continúe llevando su apellido. “El conocimiento del origen biológico de la persona es de extrema importancia dentro de los aspectos de la identidad personal”, sostuvo el fallo, que además subrayó que la solución debía contemplar las particularidades del caso y garantizar tanto la verdad biológica como los vínculos afectivos construidos.
El hombre manifestó su intención de iniciar una acción de reconocimiento de filiación contra su padre biológico, cuyo apellido deseaba sumar a futuro. Sin embargo, como su padre biológico murió, encaró la acción contra la abuela paterna. Cuando obtenga ese resultado, podrá sumar ese segundo apellido.
En cumplimiento de la decisión judicial, el Registro Civil deberá realizar las modificaciones correspondientes en el acta de nacimiento y respetar la voluntad del hombre de mantener su apellido de crianza.
Fuero: Familia,
Tribunal: Juzgado de Familia de Cipolletti,
Voces: filiación, crianza, apellido, derecho, respeto, condición humana, identidad personal, modificación, acta de nacimiento,
Fuente: justicia río negro