Podrá administrar los recursos que percibe como asignación por discapacidad

La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial hizo lugar parcialmente a un recurso de apelación y modificó la sentencia de primera instancia excluyendo de los actos restringidos a la administración del dinero que padece un joven como asignación por su discapacidad lo que hará por cuenta propia con la asistencia del apoyo que le fuera designado.

El joven padece esquizofrenia desde hace unos 20 años y se encuentra parcialmente compensado, por lo que puede realizar muchos actos de la vida cotidiana pero necesita acompañamiento o apoyo para otros. En la primera instancia su madre fue designada para actuar como apoyo.

Al hacerse lugar a la restricción de capacidad se determinó la necesidad que el joven cuente con apoyo para los actos de disposición, asunción de deuda, administración de bienes muebles o inmuebles registrable, préstamos de dinero, los destinados a disponer de su cuerpo o dar consentimiento informado, la administración de medicación y control médico, la elección del lugar de residencia y los de administración y percepción de sumas de dinero que reciba por su discapacidad.

El juez Alejandro Lávaque y la jueza Verónica Gómez Naar recordaron que el artículo 31 inciso b del Código Civil y Comercial establece que la capacidad solo puede ser limitada de forma excepcional y siempre en beneficio de la persona. De allí que la eventual limitación que pudiera disponerse siempre debe efectivizarse con contornos acotados, es decir, referidos a actos específicos.

“Parece razonable excluir de los actos restringidos la administración del beneficio que recibe E. por su discapacidad –la que incluirá la percepción cuando se encuentre en condiciones legales de hacerlo-, pues gran parte de los elementos probatorios avalan que el joven cuenta con esa capacidad”, señalaron los jueces.

Se pronunciaron por la convalidación del resto de los actos restringidos en la sentencia cuestionada citando lo dictaminado por la junta médica en cuanto a que el joven “no se encuentra en condiciones de realizar actos jurídicos de trascendencia ni tomar decisiones sobre su residencia”.

Fuente: justicia salta

Fuero: Civil
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta
Voces: restricción de capacidad civil, actos de disposición, administración de dinero de asignación por discapacidad

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