La Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo de Salta rechazó la apelación interpuesta por un hombre contra la empresa en la que trabajaba confirmando la sentencia de primera instancia que había desestimado gran parte de sus reclamos.
El hombre se desempeñaba como mozo en un local del corredor Balcarce y reclamaba diferencias salariales, indemnizaciones por despido indirecto y agravamientos indemnizatorios.
Afirmaba haber ingresado a la empresa en abril de 2009, mientras que la empresa alegaba que el trabajador había renunciado en mayo de 2009 y reingresado en marzo de 2010.
Sobre este punto las juezas María de las Mercedes Domecq y Mirta Regina coincidieron en que la fecha de ingreso fue marzo de 2010 pues el exempleado no logró demostrar la continuidad de la prestación laboral durante el período en disputa.
Pero además en su recurso el hombre reclamaba la categoría de «encargado», argumentando que realizaba tareas de mayor jerarquía, mientras que la empresa lo tenía registrado como «mozo».
Las juezas rechazaron el reconocimiento de la categoría de «encargado» porque, según el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable al sector gastronómico, la categoría más alta para el tipo de establecimiento en cuestión era «mozo».
También desestimó el planteo respecto de una jornada extendida de 19 a 6. El trabajador basaba su reclamo en la falta de presentación de planillas de horario por parte de la empresa, solicitando la aplicación de las presunciones establecidas en el Código Procesal Civil y Comercial y en la Ley de Contrato de Trabajo.
La Cámara, basándose en la prueba testimonial y en la información de un expediente administrativo de una inspección laboral, confirmó la jornada laboral de 7 horas diarias.
Y respecto del reclamo de indemnizaciones agravadas previstas en la Ley de Contrato de Trabajo, el exempleado no presentó argumentos suficientes en su apelación para desvirtuar el rechazo de primera instancia.
La Cámara de Apelaciones del Trabajo rechazó la apelación en su totalidad, confirmando la sentencia de primera instancia.
Fuero: Laboral,
Tribunal: Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo de Salta,
Voces: apelación, diferencia salarial, indemnización, despido indirecto, prestación laboral, prueba testimonial,