Pidieron juicio oral para cuatro integrantes de una empresa de caudales por la retención indebida de millonarias sumas de dinero

Se les acusó de haberse quedado con dinero que la compañía debía transportar y resguardar, en el marco de contratos de provisión de servicios al Banco Galicia, Arcos Dorados y el grupo Codere. Las sumas ascienden a más de 1000 millones de pesos y más de 1,2 millones de dólares. El año pasado la fiscalía había solicitado juicio oral para el presidente y el gerente comercial de la firma.

El fiscal interinamente a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°8, Leonel Gómez Barbella, junto al auxiliar fiscal Patricio Medina Torre -con la intervención del secretario adjunto Gonzalo Raúl Arrieta-, requirió que se envíe a juicio oral a cuatro integrantes de la empresa transportadora de caudales CODECOP S.A. al considerarlos responsables del delito de defraudación por retención indebida cometido contra diferentes empresas por montos que superan, sumados, los 1000 millones de pesos y 1,2 millones de dólares.

De acuerdo con la acusación, los imputados se habrían quedado con dinero que debían trasladar y/o resguardar, en virtud de los contratos de prestación de servicios para el Banco Galicia, la empresa Arcos Dorados S.A. (ADASA) -responsable de los restaurantes de comida rápida McDonald’s- y el Grupo Codere, que administra casas de juego y bingos en la provincia de Buenos Aires. 

En mayo de 2022, la Fiscalía había solicitado que vayan a juicio oral el presidente y el gerente comercial de la firma al considerarlos responsables -en calidad de autor y de partícipe necesario respectivamente- de la defraudación. 

En este tramo de la causa, el MPF consideró al gerente general y a una mujer que controlaba la parte administrativa como autores de la maniobra mientras que a las otras dos personas (el responsable de la tesorería y el gerente institucional) se los identificó como partícipes.

La investigación estuvo a cargo de la fiscalía, en los términos de la delegación de la instrucción prevista en el artículo 196 bis del Código Procesal Penal de la Nación, dado que al inicio de los hechos se desconocían los autores. Las indagatorias fueron solicitadas por el MPF al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°31.

La maniobra

En julio de 2021 el apoderado legal del Banco de Galicia y Buenos Aires denunció que CODECOP retuvo los fondos correspondientes a las remesas de las sucursales bancarias de Posadas, provincia de Misiones, y de la ciudad bonaerense de Mar del Plata por más de 370 millones de pesos (precisamente $371.169.969,50), más de un 1,2 millones de dólares (U$S 1.235.760) y 42 mil euros. 

De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio, el 26 de mayo de 2021, el Banco Galicia le solicitó a la compañía el traslado y depósito de parte del dinero que tenían resguardado en la planta de la empresa de caudales, en la ciudad de Mar del Plata. Sin embargo, el gerente comercial les informó que habían suspendido el servicio por registrar contagios del virus COVID-19 entre los empleados del establecimiento, sin especificar cuándo regularizarían la actividad. Así, se inició una serie de reclamos para que se restituyeran las sumas de $332.217.026,75, U$S 155.760 y €42.000 pertenecientes al Banco Galicia.

La fiscalía señaló en la acusación que los imputados “no solo no podían desconocer, sino que cada uno, desde su capacidad de incidencia, contribuyeron a las irregularidades que presentaban esas permanencias de dinero en la firma pese a las intimaciones de las empresas damnificadas».

Luego, la entidad bancaria amplió su denuncia en virtud de que CODECOP también retuvo $38.952.942,75 y U$S1.080.000 que estaban atesorados en la planta de la compañía de caudales, en la ciudad misionera de Posadas, y cuya entrega fuera solicitada el 8 de julio de 2021.

Por otra parte, la firma Arcos Dorados Argentina S.A. también denunció a CODECOP para que les restituyan $642.769.056,50, U$S37.117,85 y 124.469,91 reales, que les fueron confiados para su traslado, recuento, atesoramiento y eventual depósito, de acuerdo al contrato de prestación de servicios. De acuerdo con la acusación, en este caso la firma comenzó a incumplir el contrato en julio de 2021.

Finalmente, los imputados habrían retenido la recaudación de los bingos operados por el Grupo Codere, por un monto superior a los 130 millones de pesos ($130.576.136), que -en base al contrato de servicios- tenían que trasladar, recontar, atesorar y, eventualmente, depositar conforme les fuera indicado. Los inconvenientes entre CODECOP y el Grupo Codere comenzaron en octubre de 2021.

El rol de los acusados

En este tramo de la investigación, la Fiscalía pudo establecer -en base a testimonios y a documentación- la participación de otros implicados en la maniobra delictiva además del presidente y el gerente comercial

De esta forma, señaló que el gerente general de la firma cumplía funciones desde octubre de 2020, por lo que estaba al mando en el momento en que se concretó la operatoria investigada. En ese sentido, hizo foco en los testimonios que lo señalaron como el “nuevo dueño” de la compañía y con un poder de decisión equiparable, y por momentos superior, al del presidente.

En el caso de la mujer imputada también como autora de la defraudación, varios testigos la colocaron en un rol preponderante, relacionada a las cuestiones administrativas de la empresa. Algunos la señalaron como una de las dueñas y que daba directivas al respecto del funcionamiento de la compañía. 

Por último, la fiscalía hizo hincapié tanto en el responsable de la tesorería de la planta de CODECOP que operaba en la ciudad de Florencio Varela como en el gerente institucional de la firma, a quienes identificó como aquellas personas que permitieron que el dinero objeto de las denuncias tuviera un destino distinto al que correspondía.

“Resulta evidente que cada uno de los encartados, a su turno, ha esbozado un vano intento de enmascarar sus reales funciones dentro de la empresa, pretendiendo sostener que ocupaban cargos sin ningún poder de decisión”, puntualizó el fiscal. Consideró entonces que los cuatro, en sus condiciones de autoridades y posiciones privilegiadas dentro de la firma, “no solo no podían desconocer, sino que cada uno, desde su capacidad de incidencia, contribuyeron a las irregularidades que presentaban esas permanencias de dinero en la firma pese a las intimaciones de las empresas damnificadas -que implicó, en definitiva, las retenciones investigadas, de semejantes cantidades dinerarias- y la ausencia de otra parte significativa del dinero que debía ser trasladado, sin los parámetros naturales ni remitos correspondientes -proceder convencional-”.

En el final, la fiscalía indicó que, como aún se encuentra pendiente la materialización de peritajes oportunamente encomendados a la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) sobre los dispositivos electrónicos secuestrados y ante la posibilidad de que de sus conclusiones se desprenda la eventual participación de otras personas en las maniobras, resulta pertinente que se extraigan testimonios para continuar con la tramitación de la causa hasta que se obtengan los resultados.

Fuero: Penal
Tribunal: Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 8
Voces: defraudación por retención indebida, empresa de caudales, juicio oral

Fuente: fiscales.gob.ar

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