Piden siete años de prisión por generar facturas apócrifas

La fiscalía reclamó distintas sanciones para los integrantes del grupo. En su alegato sostuvo que elaboraba y distribuía a contribuyentes de varias provincias, quienes las usaban para reducir la base de cálculo de impuestos que debían pagar

La Fiscalía General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Número de Mendoza, a cargo de Gloria André, actuando en forma conjunta con el fiscal del fuero en lo penal económico Pablo Turano, solicitó penas de siete años y seis meses y siete años de prisión, respectivamente, para Pablo Prete y Sergio Delfino, como presuntos líderes de un fraude en contra de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), por más de 220 millones de pesos, mediante una “usina” de facturas apócrifas.
La pena de siete años se requirió para ambos en calidad de organizadores de una asociación destinada a cometer fraude al Fisco y, en el caso de Prete, se sumaron seis meses por la acumulación de una causa por falsificación de documentos de tránsito de animales.
Se estima que el debate oral y público culminaría mañana.
De acuerdo con la investigación, la organización se formó y mantuvo estable en el tiempo con el objetivo de cometer, en forma habitual y sistemática, delitos tipificados en la ley tributaria.

Fallo Relacionado: JURISPRUDENCIA: USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO. Atipicidad. Facturas apócrifas empleadas con la finalidad de evadir obligaciones tributarias, o con el propósito de ocultar una evasión anteriormente consumada. EVASIÓN. Ley 24.769. Condición objetiva de punibilidad.
La hipótesis acusatoria es que en una primera instancia buscaban personas insolventes dispuestas a recibir dinero a cambio de entregar sus datos personales para inscribirse como contribuyentes ante la Afip y hacerlas pasar por integrantes de sociedades falsas. Según los agentes, mediante la creación de sociedades “de cartón” o la inscripción de aquellas personas, se obtenía la autorización por parte del Fisco para la impresión de facturas y comprobantes, la que se llevaba a cabo en distintas imprentas.
Otra modalidad que describieron fue la del escaneo de facturas y tickets de contribuyentes reales para luego consignar con ellas operaciones irreales, una maniobra que dificultaba aún más la detección de la apocrificidad de estos instrumentos.

Fantasmas
Finalmente, detallaron que las facturas -de insolventes, de sociedades fantasmas o escaneadas- eran ofrecidas a los potenciales clientes por medio de sus jefes e intermediarios.
Los clientes de la organización liderada por Prete y Delfino se hacían de aquéllas con el objetivo de evadir el pago de obligaciones de impuestos, reduciendo así la base del cálculo tributario mediante la simulación de costo.
El grupo operó hasta octubre de 2015, cuando se realizaron los allanamientos que derivaron en la detención de una veintena de encartados.
Los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) señalaron en su exposición que la organización contaba con un gran número de lo que sus mismos integrantes denominaban “punteros”, quienes se encargaban de la comercialización de las facturas apócrifas a cambio de una comisión. En ese sentido, precisaron que se logró identificar una serie de empleados de los estudios contables que se dedicaban a la toma y gestión de pedidos de facturación apócrifa, diseño y elaboración de los comprobantes, reclutamiento de terceros para la inscripción ante la Afip -que la misma usina tramitaba- y escaneo de facturas originales.
En estas funciones fueron identificadas 27 personas, para quienes también se pidieron penas de entre tres años y seis meses y cinco años por formar parte de la misma organización, con distintos grados de responsabilidad.

Fuente: Comercio y Justicia

Tribunal: Fiscalía General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Número de Mendoza
Voces: facturas apócrifas, fraude contra de la Administración Federal de Ingresos Públicos, prisión

Fallo Relacionado: JURISPRUDENCIA: USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO. Atipicidad. Facturas apócrifas empleadas con la finalidad de evadir obligaciones tributarias, o con el propósito de ocultar una evasión anteriormente consumada. EVASIÓN. Ley 24.769. Condición objetiva de punibilidad.

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