La Sala 4 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional hizo lugar a un recurso de apelación presentado por el Ministerio Público Fiscal y decretó el procesamiento de una persona en calidad de autor por el delito de defraudación mediante manipulación informática, práctica conocida como «phishing».
El imputado habría accedido, mediante técnicas de manipulación informática, a la plataforma E-Bank desde donde solicitó un préstamo por la cantidad de pesos $149.668,00 para lo cual utilizó datos del usuario, contraseña y la tarjeta de coordenadas a nombre del denunciante, quien se enteró de lo sucedido por un e-mail del banco que le avisaba sobre la primera cuota de su crédito.
El Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 52 por declaró la falta de mérito para procesar o sobreseer al presunto imputado. En consecuencia, el Ministerio Público interpuso un recurso de apelación.
El Tribunal de Alzada entendió que “…no obsta (…) la imposibilidad de determinar el IP desde el que se realizó la operación primigenia pues, precisamente, se habría utilizado un sistema de “Nateo” o comunicación entre redes de datos que lo impide…”.
Además, sostuvo que aún resta el peritaje sobre los dispositivos incautados en el domicilio del imputado que podría permitir establecer el modo en el que se accedió a la cuenta del denunciante.
También, la resolución cita doctrina acerca de la definición de la figura del «phishing», la que consta de la utilización ilegítima de datos para acceder a los fondos de una persona y realizar transferencias hacia terceros produciendo el detrimento patrimonial y puede suceder alterando registros, mediante correo electrónico y duplicación de sitios web, suplantando los nombres de dominio (DNS) en el ordenador de la víctima –pharming- o con falsas ofertas laborales.
Fuente: Palabras de Derecho
Fuero: Penal
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional
Voces: phishing, manipulación informática, dirección de IP