Una empresa pesquera de San Antonio deberá indemnizar a una trabajadora que sufrió un accidente laboral en un contexto de inobservancia de las reglas de seguridad y de capacitación hacia el personal.
Según relató la trabajadora cumplía tareas vinculadas al embalado del pescado en cajas de un peso superior a los 15 kilogramos, realizando trabajos inherentes al pesaje, en un ambiente frío, sin equipamiento de resguardo y continuamente de pie.
Detalló que el horario desarrollado era al comienzo de 6 a 14 y que con el correr del tiempo las jornadas se extendían hasta las 19, y que debía ingresar a las 5 de la mañana. En este contexto sufrió lesiones que le impidieron seguir trabajando.
Luego de manifestar un dolor agudo, fue derivada a San Antonio Oeste, a Viedma y a Neuquén para hacerse estudios vinculados a su dolencia. Se la asistió médicamente, pero no pudo retornar a sus tareas habituales, por lo que se encuentra instando la concesión de una pensión graciable.
Por su parte, en la presentación judicial la empresa la empresa negó los hechos y dijo que la enfermedad era preexistente.
Los testigos ratificaron las condiciones en que se realizaban las tareas y la falta de capacitación sobre normas de seguridad e higiene. Uno de los testigos dijo que “solo les entregaban botas de goma”.
Fallo Relacionado: JURISPRUDENCIA – CONDUCTA PROCESAL: Inactividad procesal. COMPETENCIA: ACCIDENTE DE TRABAJO: Competencia laboral JURISPRUDENCIA – CONDUCTA PROCESAL: Inactividad procesal. COMPETENCIA: ACCIDENTE DE TRABAJO: Competencia laboral; Enfermedad Accidente
El fallo
En su parte sustancial, el fallo tuvo “acreditado que la actora realizaba tareas de fuerza considerable, en un ambiente frío, sin elementos de protección, ni ayuda suficiente. No se ha acreditado que recibieran instrucción de seguridad e higiene en el trabajo ni elementos de protección útiles a los fines de evitar que el esfuerzo pudiera resultar un factor causal de un evento dañoso”.
“Considero que con los elementos probatorios descriptos ha quedado suficientemente acreditado que la trabajadora sufrió un hecho súbito y violento al realizar un esfuerzo superior al aceptable, sin ayuda, sin los elementos de protección personal adecuado y sin haber recibido de parte de la empleadora ninguna instrucción de seguridad e higiene en el trabajo”, destacó.
Se agregó el informe del perito médico, que destacó: “existen evidencias de lesiones que en el examen de ingreso preocupacional realizado no registraba patología lumbar preexistente”.
De esta manera, la Cámara Laboral de Viedma condenó a la empresa Pesca Austral S.A. a pagar a la trabajadora casi 200 mil pesos en concepto de indemnización por accidente de trabajo.
Fuente: Justicia Rio Negro.
Tribunal: Cámara Laboral de Viedma
Voces: accidente laboral, indemnización, inobservancia de las reglas de seguridad y de capacitación
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