El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) resolvió aprobar el plan que pondrá en marcha la tramitación íntegramente electrónica de los expedientes judiciales en la provincia.
Según dispuso el Alto Cuerpo, su ejecución se efectuará de manera gradual, para toda el territorio provincial por un plazo inicial no mayor a 12 meses y, en forma paralela, para la ciudad de Córdoba y las demás sedes del interior.
Cabe aclarar que el expediente electrónico se limitará sólo a las causas judiciales nuevas que se inicien a partir de las fechas de cambio de modalidad, las que se irán determinando para cada sede.
La decisión fue publicada ayer en el Boletín Oficial y anunciada en la apertura del año judicial por la presidenta del TSJ, María Marta Cáceres de Bollati.
El lunes, la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba (Fecacor) y los colegios de abogados de las diferentes sedes judiciales se reunieron con el TSJ para pedir que la puesta en marcha del expediente electrónico comience recién el año próximo. El planteo fue rechazado de plano por el Alto Cuerpo.
Entre los reclamos, los letrados denuncian que el sistema que se implementará es “inseguro y vulnerable” y recordaron que en el interior provincial existen problemas de conectividad. Augusto Parola, presidente de Fecacor admitió a Comercio y Justicia que si bien el expediente electrónico será “un avance” y hay que “transitar ese camino”, opinó que un cambio tan importante no puede hacerse “al galope”.
Parola afirmó que problemas que tendrán especialmente los abogados del interior. “Muchos letrados trabajan solos, tienen poco conocimiento informático y no tienen una secretaria que los ayude”, explicó.
También consideró importante tener en cuenta que en los pueblos del interior la conectividad, muchas veces, no es la adecuada, lo que atentará contra este sistema. “Si no cumplimos con los plazos será un problema para el abogado y especialmente para su cliente”, alertó.
La disposición del Alto Cuerpo prevé, su vez, extender el alcance de la implementación de firma digital, a todas las resoluciones judiciales que deban ser suscriptas por parte de los magistrados y funcionarios de toda la provincia, ya sea en actuaciones dentro de expedientes electrónicos o para resoluciones protocolizadas, aunque se trate de expedientes papel.
Fuente: Comercio y Justicia.