Perro sin correa mordió en la calle: dueña acordó con la víctima hacer tareas comunitarias

La dueña de un perro que mordió a una persona en la vía pública causándole lesiones,  deberá cumplir con tareas comunitarias durante un año y acogerse a las pautas de conducta previstas en el Código Penal. De manera  especial, además,  deberá extremar todos los recaudos para que la situación con el can de su propiedad no se reitere . El juez de Garantías hizo lugar a la petición efectuada por la fiscalía y acordada por la defensa de la mujer imputada por lesiones leves,  en el marco de una suspensión de juicio a prueba.

En el primer tramo de la audiencia la fiscal formuló cargos por las lesiones causadas a una persona que transitaba por la vía pública, en inmediaciones de Yatasti y Saenz Peña. En la ocasión,  un perro macho, de pelo corto llamado Simón atacó a la víctima, causando lesiones en su pierna izquierda.

La representante del Ministerio Público destacó que el animal estaba suelto en la vía pública, sin bozal ni correa. Señaló que la dueña debió mantenerlo en el interior de su terreno, además de instalar cartelería que indique «perro peligroso». En lo sustancial se vulneró el deber de cuidado que en Rio Negro tiene su marco legal en la ley 4043 y las lesiones causadas fueron calificadas como leves.
Al momento de exponer las medidas realizadas a la fecha, la fiscal destacó la denuncia formulada por el hombre damnificado, el informe del veterinario municipal. Además señaló como elemento probatorio el testimonio de un empleado policial que pudo verificar la agresividad del animal cuando se presentó en el domicilio a notificar. Del registro municipal surgieron que existían infracciones anteriores por situaciones similares.


Se dispuso el cumplimiento de las pautas sin resarcimiento económico, toda vez que la situación de la mujer imputada no permite concretarlo. Así fue corroborado por un informe social efectuado.
Cabe recordar que la suspensión de juicio a prueba es una vía judicial alternativa al juicio que permite suspender el juzgamiento de la persona acusada, si éste acepta someterse a una serie de pautas de conductas y cargas que le impone el tribunal.
La ley 4043, dispone que: «los perros potencialmente peligrosos deberán ser conducidos en espacios públicos debidamente atados y con bozal. La correa y el bozal deberán ser proporcionales en cuanto a tamaño y resistencia a la conformación física del animal».

Fuente: Justicia Río Negro

Fuero: Civil
Tribunal: Juzgado de Garantías de General Roca
Voces: perro peligroso, lesiones, tareas comunitarias

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