Paro de transporte determinó que no operara la perención.

El Tribunal Superior de Justicia cordobés estimó que los días en que el servicio no fue prestado correspondía declararlos inhábiles a los efectos del cómputo por la caducidad.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba revocó la resolución de cámara que había admitido la apelación presentada por la demandada, que hizo lugar a la perención de instancia presentada en contra de la actora Banco Santander Río SA.

Fuente: Comercio y Justicia

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