RESUMEN:
La Cámara de Casación de Paraná, Prov. de Entre Ríos hizo lugar al recurso fiscal contra la resolución del juez que había ordenado la prórroga de la jurisdicción por pedido de la defensa fundado en la imposibilidad de constitución de un jurado imparcial debido a la repercusión del caso.
La Casación sostuvo que el jurado imparcial puede obtenerse a partir de un correcto litigio de la audiencia de voir dire.
La resolución cita del fallo de la Corte de Apelaciones que resolvió el recurso en el caso del crimen de «George Floyd» : «Para impugnar el veredicto de un jurado sobre la base de la repercusión mediática del caso, la defensa no puede basarse solamente en el prejuicio presunto, sino que tiene que demostrar que el jurado en particular tuvo un prejuicio concreto y real y solo en casos excepcionales se podría presumir ese prejuicio (en casos donde la publicidad haya sido demasiado perjudicial). Pero independientemente de eso, el test definitivo sigue siendo si los miembros del jurado pueden dejar de lado sus impresiones u opiniones y rendir un veredicto imparcial».
Carátula
«SANTINI ERIC AGUSTIN – CEJAS HECTOR EMANUEL – CABRERA GUSTAVO ADRIAN – MILDENBERGER ALFONSO MARTIN S-ROBO AGRAVADO S/ RECURSO DE CASACION (Registro anterior N°1963/22).
Fuero: Penal
Tribunal: Cámara de Casación de Paraná
Voces: juicio de jurados, cambio de jurisdicción, audiencia voire dire