El hombre demandado invocó que nunca se había enterado de la existencia del accionante sino hasta que éste interpuso la demanda.
Las pruebas demostraron que estaba al tanto de la situación. La Cámara de Apelaciones con competencia en Familia de Primera Nominación de la ciudad de Río Cuarto confirmó una sentencia que hizo lugar a la demanda por daño moral entablada por el hijo en contra de su progenitor, debido al reconocimiento de filiación tardío del actor -cuando ya era mayor de edad-.
Fuente: Comercio y Justicia