El pedido judicial presentado por un conjunto de asociaciones de pacientes y familiares busca que se normalice el funcionamiento de la Dirección de Asistencia Directa para Supuestos Especiales. Se denuncia que a raíz de la paralización de dicho organismo hubo 4 fallecimientos.
El pasado viernes se presentó en la justicia federal un amparo colectivo promovido por un conjunto de asociaciones civiles que representan a pacientes de cáncer y otras enfermedades graves y sus familiares con el fin de tutelar los derechos a la salud y a la vida de las personas que requieren medicación o asistencia en su tratamiento médico y están esperando la resolución de sus expedientes ante la Dirección de Asistencia Directa para Supuestos Especiales –DADSE– dependiente del Ministerio de Salud de la Nación.
Mencionan los amparistas que la DADSE se encuentra frente a una situación de cierre o la suspensión del funcionamiento, decisión del gobierno que dejó sin respuesta a personas que no tienen otro modo de conseguir las medicaciones que requieren.
Además, señalan que la DADSE es el último recurso que tienen pacientes oncológicos y de otras patologías, de bajo, medio y alto costo, que no tienen obra social ni otra cobertura médica, que no reciben ningún tipo de subsidio o transferencia económica y que tanto sus propias jurisdicciones u otros bancos de medicamentos les han dado una negativa a cubrir su medicación.
Por último, afirman que el amparo pretende que se garantice el funcionamiento de la DADSE, a través de la designación de autoridades, la sanción de un procedimiento eficaz y rápido para cotizar las compras, que implique que ningún expediente demore más de 60 días desde su presentación, y que se le garantice un presupuesto suficiente para garantizar su funcionamiento.
Señalan antecedentes[1] de nuestra la Corte Suprema, respecto de las obligaciones convencionales respecto al derecho a la salud, donde reseñan que “de acuerdo con lo dispuesto por los tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional, la autoridad pública tiene la obligación impostergable de garantizar el derecho a la preservación de la salud -comprendido en el derecho a la vida con acciones positivas, sin perjuicio de las obligaciones que deban asumir en su cumplimiento las jurisdicciones locales, las obras sociales o las entidades de medicina prepaga.”.
En dicho precedente, con referencia al fallo “Campodónico de Beviacqua”[2], el máximo tribunal federal dejó en claro que “el Estado Nacional no puede desentenderse de aquellas obligaciones so pretexto de la inactividad de otras entidades -públicas o privadas- pues es el encargado de velar por el fiel cumplimiento de los derechos constitucionales que amparan la vida y la salud de los niños y de asegurar la continuidad de los tratamientos que necesiten, habida cuenta de la función rectora que también le atribuye la legislación nacional en ese campo y de las facultades que debe ejercer para coordinar e integrar sus acciones con las autoridades provinciales y los diferentes organismos que conforman el sistema sanitario en el país, en miras de lograr la plena realización del derecho a la salud”[3].
Concluyen que “la DADSE es el modo en que el gobierno federal cubre, de manera subsidiaria, las obligaciones básicas del derecho a la salud comprometido internacionalmente”.
Fuero: Público,
Tribunal: Justicia Federal,
Voces: amparo colectivo, Dirección de Asistencia Directa para Supuestos Especiales, Ministerio de Salud de la Nación, pacientes oncológicos,