Ordenaron subastar el inmueble donde permaneció una víctima de trata para indemnizarla

El monto fue fijado en más de 44 millones de pesos, luego de la solicitud realizada por la Defensoría de Víctimas para cumplir con la reparación integral a una mujer que fue explotada sexual y laboralmente durante 5 años.

El Tribunal en lo Criminal Federal N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ordenó la subasta de un inmueble donde una mujer y sus dos hijos fueron reducidos a servidumbre durante 5 años, a los efectos de garantizar el pago de la reparación integral.

La decisión se dio en el marco de una condena a dos personas por los delitos de reducción a la servidumbre, portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal y falsificación de una marca registrada, en la que se los condenó a 8 (autor) y 2 años de prisión (partícipe secundario).

La víctima, E.M.I., estuvo sometida a reducción a la servidumbre desde principios del año 2010 hasta el 24 de diciembre de 2014, con sus dos hijos menores de edad, los cuales fueron obligándolos a realizar tareas laborales de distinta índole, mediante el sometimiento físico y psicológico.

Con posterioridad a la condena, la Defensoría de Víctimas, a cargo de Pablo Rovatti, solicitó la reparación económica debido al daño producido a la víctima

En este contexto, el juez hizo lugar a la reparación integral por el daño material e inmaterial el cual fue cuantificado en $44.104.091,20, sujeto a la actualización del índice de inflación acumulado al momento efectivo del cobro fijado por el I.N.D.E.C. La determinación de la suma fue realizada a través del cálculo de los 60 meses que estuvo en situación de cautiverio, por el salario mínimo vital y móvil y el equivalente de la asignación universal por hijo que hubiera percibido.

Por otro lado, el magistrado valoró como daño inmaterial el generado a nivel psicológico y en el plano moral de la víctima, conforme los criterios expuestos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso: “Trabajadores de la hacienda Brasil Verde vs. Brasil”. Donde sostuvo que: “Dado que no es posible asignar al daño inmaterial un equivalente monetario preciso, sólo puede ser objeto de compensación, para los fines de la reparación integral a la víctima, mediante el pago de una cantidad de dinero o la entrega de bienes o servicios apreciables en dinero, que el Tribunal determine en aplicación razonable del arbitrio judicial y en términos de equidad.”.

Por último, para efectivizar la reparación será subastado el inmueble donde la víctima y sus hijos estuvieron en situación de cautiverio, y una vez realizada el producido de la venta deberá ser afectado de inmediato al “Fondo de Asistencia Directa a Víctima de tratas -Ley 26.364-”, con el propósito de que, bajo la intervención de la Unidad Ejecutiva y el Consejo Federal para la Lucha Contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, se destine al pago total de la reparación integral para la víctima.

Fuente: palabras del derecho

Fuero: Penal,
Tribunal: Tribunal en lo Criminal Federal N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Voces: víctima de trata, subasta de inmueble, indemnización, delito, servidumbre,

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