El monto fue fijado en más de 44 millones de pesos, luego de la solicitud realizada por la Defensoría de Víctimas para cumplir con la reparación integral a una mujer que fue explotada sexual y laboralmente durante 5 años.
El Tribunal en lo Criminal Federal N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ordenó la subasta de un inmueble donde una mujer y sus dos hijos fueron reducidos a servidumbre durante 5 años, a los efectos de garantizar el pago de la reparación integral.
La decisión se dio en el marco de una condena a dos personas por los delitos de reducción a la servidumbre, portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal y falsificación de una marca registrada, en la que se los condenó a 8 (autor) y 2 años de prisión (partícipe secundario).
La víctima, E.M.I., estuvo sometida a reducción a la servidumbre desde principios del año 2010 hasta el 24 de diciembre de 2014, con sus dos hijos menores de edad, los cuales fueron obligándolos a realizar tareas laborales de distinta índole, mediante el sometimiento físico y psicológico.
Con posterioridad a la condena, la Defensoría de Víctimas, a cargo de Pablo Rovatti, solicitó la reparación económica debido al daño producido a la víctima
En este contexto, el juez hizo lugar a la reparación integral por el daño material e inmaterial el cual fue cuantificado en $44.104.091,20, sujeto a la actualización del índice de inflación acumulado al momento efectivo del cobro fijado por el I.N.D.E.C. La determinación de la suma fue realizada a través del cálculo de los 60 meses que estuvo en situación de cautiverio, por el salario mínimo vital y móvil y el equivalente de la asignación universal por hijo que hubiera percibido.
Por otro lado, el magistrado valoró como daño inmaterial el generado a nivel psicológico y en el plano moral de la víctima, conforme los criterios expuestos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso: “Trabajadores de la hacienda Brasil Verde vs. Brasil”. Donde sostuvo que: “Dado que no es posible asignar al daño inmaterial un equivalente monetario preciso, sólo puede ser objeto de compensación, para los fines de la reparación integral a la víctima, mediante el pago de una cantidad de dinero o la entrega de bienes o servicios apreciables en dinero, que el Tribunal determine en aplicación razonable del arbitrio judicial y en términos de equidad.”.
Por último, para efectivizar la reparación será subastado el inmueble donde la víctima y sus hijos estuvieron en situación de cautiverio, y una vez realizada el producido de la venta deberá ser afectado de inmediato al “Fondo de Asistencia Directa a Víctima de tratas -Ley 26.364-”, con el propósito de que, bajo la intervención de la Unidad Ejecutiva y el Consejo Federal para la Lucha Contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, se destine al pago total de la reparación integral para la víctima.
Fuero: Penal,
Tribunal: Tribunal en lo Criminal Federal N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Voces: víctima de trata, subasta de inmueble, indemnización, delito, servidumbre,