A pedido de la Defensa Pública, la Justicia Federal de Neuquén ordenó cambiar la forma de identificación de una persona trans.
El Juzgado Federal N°2 de Neuquén resolvió hacer lugar al pedido que el Defensor Público, Nicolás García, hizo al Ministerio Público Fiscal para que respetase la identidad de su representada trans, y en consecuencia, se cambie en el legajo el modo de identificarla.
En el marco de una causa penal, el Defensor Oficial solicitó que la Fiscalía se abstenga de referirse a su representada de la manera en que venía haciéndolo, ya que su actuar no se condecía con lo que dicta el art. 12 (trato digno) de la Ley de Identidad de Género.
Ello a raíz de que se nombrara a la imputada con su nombre de nacimiento o con el autopercibido pero haciendo uso de comillas. Además que, al momento de producir prueba testimonial, dio trato de varón a un testigo que se autopercibía mujer.
El artículo 12 invocado insta a respetar la identidad de género adoptada por las personas que utilicen un nombre distinto al consignado en su DNI. A su vez, que explica la conducta a seguir para ser respetuosos de aquella, señalando que “a su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados…”. Específicamente indicando que “cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de identidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a…”.
Por último, la norma establece que “en aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada”.
Por ello, el juzgado entendió que le asistía razón al defensor y por ello advirtió al Ministerio Público Fiscal que, de continuar con reprochable actitud, no aceptará sus escritos para ser incorporados en la causa.
Fuero: Federal
Tribunal: Juzgado Federal N°2 de Neuquén
Voces: identidad de género, expedientes judiciales, personas trans