Ordenan reglamentar “cupo trans” para la Justicia porteña.

El juzgado en lo Contencioso-administrativo y Tributario Número 21 porteño, a cargo de María Soledad Larrea, hizo lugar parcialmente a la cautelar solicitada por una una amparista que solicitó el cumplimiento del cupo laboral para personas trans-transgénero, transexuales y travestis- previsto en la ley 4376, en el marco de la causa “Hendrickse, Cristina c/ Consejo de la Magistratura de la CABA sobre Impugnación de actos administrativos”.

La causa la inició una mujer transgénero que es abogada y fue contratada durante diez meses por la Defensoría del Pueblo porteña. Larrea citó la ley de Identidad de género, que incorpora la perspectiva de género en el diseño y ejecución de políticas públicas, estimulando la modificación de los patrones socioculturales estereotipados. También se refirió a la ley 4376, que establece lineamientos de la política pública para el reconocimiento y el ejercicio pleno de los derechos de las personas lesbianas, gays, trans (transexuales, transgénero y travestis) bisexuales e intersexuales y estableció “la necesidad de la intervención directa del Estado”. En esa línea, la jueza señaló que casi 39 por ciento del colectivo trans padece discriminación laboral, por no acceder a un trabajo o ser objeto de exclusión por su identificación sexual, una situación que repercute en otros derechos esenciales (por caso, vivienda o salud). “Se verifica que la elección sexual lleva a condiciones de exclusión o marginalidad que requieren acciones positivas para la efectiva constitución de la igualdad garantizada”, destacó la magistrada.

Investigación Larrea también consideró una investigación realizada por el Observatorio de Género en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, en la cual se detalló la problemática que enfrenta la población trans y se resaltó la necesidad de implementar políticas de reparación. Sobre ese trabajo, enfatizó que la normativa de cupo laboral trans no se trata de un subsidio, de un “regalo” ni de una forma de asistencialismo sino que, por el contrario, crea oportunidades de inclusión y reparación que permiten lidiar en forma efectiva con las consecuencias que generó la violencia y la exclusión. Al hacer su reclamo, la amparista solicitó una retribución equivalente al cargo de secretaria letrada de primera instancia, a lo que la magistrada no accedió. “Hacer lugar a tal petición implicaría incurrir en una desigualdad respecto de los demás integrantes del Poder Judicial”, argumentó. Por último, Larrea libró oficios judiciales en los que exhortó al jefe de Gobierno de la CABA, al presidente de la Legislatura porteña, al titular del Tribunal Superior de Justicia de la ciudad y a cada uno de los titulares de las tres ramas del Ministerio Público porteño a “dictar las reglamentaciones pertinentes a fin de dar cabal cumplimiento al mandato legal”.

Fuente: Comercio y Justicia



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