Así lo dispuso el juez federal Pablo Cayssials al hacer lugar a una medida cautelar peticionada por la UEJN. El gremio había planteado que existen diferencias en la aplicación del gravamen entre quienes se desempeñan en el Consejo de la Magistratura y quienes están bajo la órbita de la Corte Suprema.
El juez Pablo Cayssials, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº9, hizo lugar a una medida cautelar peticionada por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN). Fue en el marco de una acción colectiva que promovió el gremio, que planteó que existen graves discriminaciones en la aplicación del Impuesto a las Ganancias entre quienes se desempeñan en el Consejo de la Magistratura y quienes están bajo la órbita de la Corte Suprema.
En la presentación, la UEJN explicó que dentro del mismo Poder Judicial el tributo previsto en la Ley 27.346 se aplica de forma más gravosa a determinados empleados y funcionarios y afiliados. Asimismo, detalló que a algunas personas se le aplican las desgravaciones y deducciones contenidas en la reglamentación prevista en la Resolución Nº8/19 dictada por el Consejo de la Magistratura, pero esos beneficios se niegan a otras que se encuentran en las mismas circunstancias.
El magistrado analizó la normativa aplicable al caso y concluyó que “no se vislumbran tales pautas objetivas que permitan que los empleados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación -bajo la órbita del Consejo de la Magistratura de la Nación o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación– reciban un trato diferenciado con relación al impuesto a las Ganancias”.
En ese mismo sentido, sostuvo que la solución propuesta ordena “ajustar las liquidaciones pertinentes a pautas análogas a las que se aplican a los que se encuentran bajo la órbita del Consejo de la Magistratura.
Fuente: Palabras de Derecho