La jueza de la Sala II del Tribunal de Impugnación María Edith Rodríguez ordenó hoy que un establecimiento educativo de gestión privada admita para el ciclo lectivo 2025 a un niño de 11 años al hacer lugar a una acción de amparo que fuera promovida por sus padres.
El niño está diagnosticado con TDAH y fue escuchado ayer en audiencia.
La institución educativa argumentaba para sustentar su decisión las sanciones impuestas al alumno a lo largo del ciclo lectivo 2024 y el anterior. Los amparistas en tanto invocaron la necesidad de continuar la escolarización del niño en un ámbito conocido pues asiste al establecimiento desde el prejardín, advirtiendo el riesgo que representaría para su evolución trasladarlo a otro establecimiento educativo.
La jueza Rodríguez brindó los fundamentos de su sentencia en forma oral en la misma audiencia luego de los alegatos de las partes. El niño fue votado por sus 28 compañeros como el mejor compañero, por lo que la jueza sostuvo que esto demuestra que los adultos deben tener una visión inclusiva.
Advirtió que un cambio de institución educativa provocaría un “daño irreparable” para el niño. “Los niños entienden de la inclusión”, recordó.
Consideró al acto administrativo de no inscribirlo para el período lectivo 2025 coom un ejercicio abusivo del derecho y en cierta manera arbitrario.
Fuero: Público,
Tribunal: jueza de la Sala II del Tribunal de Impugnación,
Voces: admisión, alumno, TDAH, amparo, inclusión, evolución,
Fuente: justicia salta