Orán: una pareja y un amigo, condenados por el abuso sexual agravado de una menor.

El vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, Héctor Fabián Fayos, condenó a Víctor Armando Caniza (60) alias “Tito” a la pena de once años de prisión efectiva, por considerarlo coautor material y penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y abuso sexual con acceso carnal agravado por el número de participantes.

Caniza fue declarado reincidente por primera vez, según lo establecido por el artículo 50 del Código Penal. En tanto, a Gladys del Carmen Villalba (39) alias “Gladis” le correspondió la pena de diez años de prisión efectiva, por considerarla coautora material y responsable del delito de privación ilegítima de la libertad agravada y partícipe necesaria del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el número de participantes en concurso real. En el mismo fallo fue condenado Miguel Ángel Sucre (37) alias “Pata” a la pena de ocho años de prisión efectiva, por considerarlo coautor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el número de participantes. El juez dispuso la extracción de material genético de las tres personas condenadas para su incorporación al Banco de Datos Genéticos, además del examen físico con las señas particulares que permitan una identificación integral y la toma de muestra fotográfica actualizada de Caniza, Barrientos y Villalba. Los hombres continuarán detenidos en la Unidad Carcelaria 3 y la mujer, en la Unidad Carcelaria 9; ambas ubicadas en Orán. El cómputo de pena se realizará una vez firme la sentencia. Durante la tarde del 28 de octubre del año pasado, en Orán, la niña, de 13 años, fue abordada por la pareja integrada por Villalba y Caniza, quienes la llevaron en su motocicleta hasta su domicilio, donde se encontraba Sucre. La menor fue inducida a consumir barbitúricos y luego fue abusada sexualmente por ambos hombres. La mantuvieron encerrada en una habitación, de donde logró escapar durante la madrugada siguiente, con el auxilio de un amigo.

Fuente: Poder Judicial Salta

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