OMISIÓN DE SALVAR AL HIJO – ABSUELVE A LA MADRE (COIMPUTADA) POR SER INEXIGIBLE SU INTERVENCIÓN DEBIDO A LA VIOLENCIA DE GÉNERO QUE PADECÍA

“Y aquí cabe la siguiente pregunta: ¿le era exigible – dadas estas circunstancias probadas – a la coimputada, una conducta más activa cuando, comenzó a observar estas primeras lesiones en CEG (me refiero a las lesiones producidas después del 16/4 y hasta antes del 26 del mismo mes, según la fijación del hecho por parte de la pieza requirente)?

Sin duda que una respuesta a esta pregunta no es sencilla, porque el valor que estaba en riesgo es, en este caso, ni más ni menos, que la integridad física de un niño de corta edad (su hijo CEG), el cual se encuentra, también, integrando un colectivo de alta vulnerabilidad, que convencionalmente merece, de parte de todos, la mayor protección posible (cfr. Convención sobre los Derechos del Niño, con jerarquía Constitucional – art. 75, inc. 22, CN-). Sin embargo, estimo, y así lo han valorado también la Fiscalía de Cámara y el propio representante complementario del menor víctima, esta situación de violencia experimentada por la coacusada respecto de XXX no puede ser obviada en su consideración fáctica y significación jurídica.”

EXPEDIENTE-No1491945-OPERACION-No79956482

Fuente: Pensamiento Penal

Fuero: Penal
Tribunal: Cámara en lo Criminal y Correccional 7ma Nominación
Voces: violencia de género, lesiones agravadas por el vínculo, participación por omisión

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