La obra social alegaba riesgo de desfinanciamiento. Pero para los jueces debe prevalecer la indicación médica
Un tribunal ordenó a una obra social la cobertura “total e inmediata” de un medicamento oncológico de alto costo al hacer lugar a una medida cautelar interpuesta por una paciente.
La Cámara Federal de Mar del Plata ordenó a OSPIV (Obra Social del Personal de la Industria del Vestido) a cubrir el 100 % del fármaco RYBREVANT 35mg (AMIVANTAMAB)
Riesgo de desfinanciamiento
El caso llegó a la Cámara luego de que la obra social apeló la medida cautelar dictada en primera instancia al argumentar que la “obliga a cubrir el 100% de una medicación de alto costo, con el riesgo de desfinanciamiento de su sistema de salud”.
Al respecto, la Cámara dijo que la medicación “ha sido indicada por un profesional de la salud, y teniendo en cuenta la enfermedad diagnosticada, resulta prudente que este Tribunal no se aparte de la prescripción de su médico tratante, en este estadio cautelar en el que nos encontramos”
El derecho a una buena calidad de vida
En primer lugar, la Cámara sostuvo que “el derecho a la vida y a una buena calidad de vida tienen un papel central en la sistemática de los derechos humanos, siendo la asistencia médica un aspecto fundamental de la misma”
“Es claro que si hay riesgo y el peligro de daño -en este caso a la salud y a una buena calidad de vida– es inminente, la seguridad previsible obliga antes y no después a impedir su generación y, en todo caso, a contar a cargo de quien lo provoca, con las fuentes de financiamiento al padecimiento, que sean oportunas y funcionales”, sostuvo la Cámara.
Los jueces ponderaron el diagnóstico, los estudios médicos y la prescripción requerida por el médico oncólogo de la paciente.
“Consideramos que el peligro en la demora surge acreditado -con el grado de certeza que requiere este estadio- del certificado médico acompañado, siendo indispensable el tratamiento recomendado por el Dr. C. dado que el pronóstico y la calidad de vida depende de su estricto cumplimiento”, remarcaron los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jimenez.
Fuero: Civil y Comercial,
Tribunal: Cámara Federal de Mar del Plata,
Voces: obra social, cobertura, medicamento, tratamiento oncológico, medida cautelar, derecho a la vida,
Fuente: justicia de primera