No notificar a codemandado fallecido no anula lo actuado contra los otros.

Para la declaración de nulidad de una causa se necesita evidenciar el agravio que le produce a la parte que lo presenta.

La Cámara en lo Civil y Comercial de Sexta Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar a la apelación presentada por un accionante, al considerar que la falta de notificación a uno de los codemandados, quien falleció antes de anoticiarse del pleito iniciado en su contra, no implica la nulidad de todo lo actuado respecto del resto de las codemandadas.

Fuente: Comercio y Justicia

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