No más presos muertos.

El Tribunal Oral Federal de Neuquén condenó a prisión perpetua a ocho penitenciarios, y dictó penas de entre tres y seis años de prisión para otros acusados; por torturas seguidas de muerte a un interno en el año 2008.

En los autos “VERGARA, CARLOS ROBERTO Y OTROS S/ IMPOSICIÓN DE TORTURA AGRAVADA”, el Tribunal Oral Federal de Neuquén, integrado por los jueces Alejandro Silva, Marcelo Grosso y Orlando Coscia, condenó a prisión perpetua a ocho penitenciarios, y dictó penas de entre tres y seis años de prisión para otros acusados; por torturas seguidas de muerte a un interno alojado en la Unidad 9 del Complejo Penitenciario de máxima seguridad de dicha provincia. El 8 de abril de 2008, tres días después de llegar a Neuquén, Pelozo Iturri fue atacado por un celador del pabellón 10 de la Unidad 9 y por otros agentes del cuerpo de la requisa del penal. Según informó la Procuración Penitenciara, “lo golpearon dentro de su celda y en el camino hacia la enfermería de la cárcel; “recibió trompadas, patadas, bastonazos en la cabeza y golpes con los escudos”. En primera instancia, los miembros del Cuerpo Médico Forense de Neuquén que formaron parte afirmaron que la víctima había sufrido una «muerte súbita». Sin embargo, los peritos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Procuración determinaron que murió “como consecuencia de una hemorragia cerebral traumática y un cuadro de asfixia”.

En total, son catorce condenados entre agentes y médicos del Servicio Penitenciario Federal (SPF). El celador Carlos Roberto Vergara y el cuerpo de requisa de la Unidad (Orlando Horacio Jonh, Pablo Ángel Muñiz, Javier Elix Pelliza, Pablo David Sepúlveda, Daniel Ulises Romero, José Lorenzo Retamal y José Walter Quintana) fueron condenados a prisión perpetua por el delito de “imposición de torturas seguidas de la muerte de la víctima”. Por su parte los jueces impusieron penas de seis años al director y subdirector del penal (Héctor Oscar Ledesma y José Roberto Sosa) por “omisión de evitar la comisión del delito de aplicación de torturas”; al jefe de seguridad interna y externa (Daniel Huemul), a siete años de prisión; al inspector de Región (Eduardo Grobli) a seis años por “ encubrimiento doblemente agravado” y “omisión de denunciar un acto propio de su oficio”. Por último, el Tribunal condenó a Juan Carlos Heredia, médico de la Unidad, a “cuatro años e inhabilitación por ocho para ejercer su profesión”; y al enfermero Miguel Ángel Carrilao, a tres años y seis meses, ambos por el delito de omisión de denunciar -doblemente calificado por la índole del delito ocultado y por tratarse de funcionario público-. El único absuelto fue Miguel Ángel Leyría. El titular de la Fiscalía General ante los Tribunales Orales Federales de Neuquén, Miguel Palazzani, sostuvo que la sentencia “rompe con un paradigma histórico de impunidad en este tipo de hechos de gravísimas violaciones a los derechos humanos».

Entre otras medidas reparatorias, el Tribunal ordenó, tal como lo había requerido la Fiscalía, que “se rectifique la partida de defunción de la víctima para que donde se consigna “muerte súbita” -causa de muerte que dio por probadamente falsa- indique “tortura seguida de muerte en un establecimiento penitenciario federal”; y notificar la sentencia a los familiares, quienes no pudieron reconocer el cuerpo. Por último, los jueces resolvieron poner en conocimiento al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación el fallo y ordenar, por medio de un oficio, que el Estado “asegure la atención médica a los internos según la recomendación de la Organización de la Naciones Unidas (ONU)”.

Fuente: Diario Judicial

Actualidad Juridica Online - Pruébelo sin cargo!