En una causa por un accidente de tránsito, en el que falleció quien ella decía que era su pareja, pedía ser indemnizada por daños y perjuicios.
Siendo que al momento del accidente la persona fallecida era de estado civil casado con otra mujer, el Juzgado Civil y Comercial de 40ª Nominación de Córdoba rechazó la pretensión indemnizatoria de lucro cesante por derecho propio invocada por quien dijo ser concubina del causante.
Fuente: Comercio y Justicia