No existió excepción para no aplicar prioridad de paso.

Con base en el dictamen del perito mecánico, la Cámara interviniente concluyó que el juez de primera instancia evaluó correctamente la causa y confirmó la resolución adoptada por éste.

La Cámara Civil y Comercial de Octava Nominación de Córdoba confirmó la resolución de primera instancia, que rechazó la demanda planteada en contra del conductor de una pickup, al validar que el causante del accidente fue el motociclista que conducía el vehículo con el cual la actora era transportada. La Cámara ratificó que el motociclista no respetó la prioridad de paso de quien circula por la derecha antes de cruzar una intersección.

Fuente: Comercio y Justicia

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