No acreditó la relación entre la enfermedad y las condiciones laborales

La Sala IV de la Corte de Justicia de Salta rechazó el recurso de apelación de un hombre que buscaba el reconocimiento de una enfermedad profesional (síndrome varicoso) y el pago de la indemnización correspondiente por incapacidad laboral. 

Al resolver en la instancia anterior se analizó, dijeron los jueces de la Corte de Justicia, “con suficiente detalle los antecedentes de las actuaciones administrativas”.

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Entre los antecedentes de la causa se encuentra el dictamen de la comisión médica respectiva. El hombre fue citado en ocho oportunidades a revisación médica por el área de reconocimiento, no constando que hubiera asistido lo que impidió verificar la existencia de la dolencia que alegaba.

Recordaron en este punto que “constituye carga del actor acreditar la relación causal entre la enfermedad invocada y las condiciones laborales que -según postula- implican una larga exposición a factores de riesgo que desencadenaron tal dolencia.”

Y puntualizaron que la comisión médica concluyó que la dolencia tiene su origen en una enfermedad inculpable. “Por tales motivos, la decisión apelada no aparece como arbitraria o irrazonable ni se aparta de las constancias de la causa y de las normas aplicables”, concluyeron.

Fuero: Laboral
Tribunal: Corte de Justicia de Salta
Voces: enfermedad profesional, condiciones laborales, actuaciones administrativas

Fuente: justicia salta

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