NIÑEZ. Declaración de la situación de adoptabilidad. Inviabilidad de alternativas familiares. Guarda con fines de adopción: Otorgamiento a quienes detentaban el cuidado del adolescente como familia comunitaria. Otorgamiento a ambos guardadores pese a que la relación de pareja se encontraba disuelta al momento de otorgarse dicha guarda. Asunción responsable del cuidado y contención por ambos guardadores.


El Caso: La jueza interviniente resolvió ratificar el cese de la medida excepcional de protección de derechos ordenada por la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia -Senaf-; disponer la situación de adoptabilidad del adolescente, y otorgar la guarda con fines de adopción a la familia comunitaria que tuvo a cargo el cuidado del adolescente durante la vigencia de la medida excepcional. La iudex decidió otorgar tal guarda a ambos guardadores, quienes si bien al momento de la sentencia ya no mantenían relación de pareja, los dos asumieron el cuidado y contención del adolescente de manera responsable.

Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de Tercera Nominación, Sent. N° 6, 21/8/2018, “M., E. D. – Control de legalidad”

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